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La Caja niega pensión a un adulto mayor con discapacidad porque falta tiempo convivencial

La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, está negando una pensión a un adulto mayor con discapacidad porque le falta demostrar unos meses de convivencia. El perjudicado es un hombre de 77 años, Marcos Juan Bahl que actualmente vive en Buenos Aires, al cuidado de su única hija, debido a los graves problemas de salud que lo aquejan.

 

N.B. de ANÁLISIS

La historia es insólita. ANÁLISIS publicó en 2020 cómo la Caja de Jubilaciones y Pensiones, en una situación financiera crítica, pagó durante años a personas muertas. Se abrió una causa judicial para investigar la situación que, en el plano político, significó la salida del expresidente Daniel Elías. Resuenan las exorbitantes jubilaciones que se otorgan a exjueces, exgobernadores, exfuncionarios políticos, sin trabas y en tiempo récord. Sin embargo, se le niega una pensión a una persona que no sólo la necesita, le corresponde.

“Soy como una hija postiza para el señor Marcos Bahl. Él me dejó un poder porque debió ir al cuidado de su única hija que vive en Buenos Aires”, aclaró María Mercedes Taborda.

Bahl convivió con Teresita Catalina Rodríguez hasta que la mujer falleció, el 2 de noviembre de 2022. Comenzaron una relación de pareja en 2014, él se mudó a casa de ella, en las inmediaciones de calle Urquiza y Corrientes de Paraná. Ella era docente jubilada, fue directora de escuela y ambos se cuidaron en la vejez. A ella la aquejaba su diabetes e hipertensión, problemas comunes para una mujer mayor. Lo de él es más grave porque debe dializarse día por medio, tiene cuatro stents colocados y se infartó dos veces.

“Marcos y Teresita estuvieron 8 años y 10 meses juntos. Él se mudó a la casa de ella en 2014. Yo les decía que se casen pero nunca me escucharon, le insistí mucho a Marcos para que haga un cambio de domicilio en el DNI, algo que concretó recién en 2018. En la Caja de Jubilaciones se presentó la información de convivencia. Se acreditó que eran socios como grupo familiar del Club de Pescadores, que hacían compras con el mismo domicilio, hay un informe de la Junta Electoral donde está denunciado el mismo domicilio para los dos, hay también una historia clínica de él donde quedó asentado el domicilio en el que convivían. Además tiene el certificado de discapacidad con ese domicilio, el de calle Urquiza”, contó Taborda.

En la Caja le negaron el beneficio de la pensión a Marcos Bahl, en base al Artículo 52 Inciso B de la Ley 8.732 que, en efecto, dice lo siguiente:

“Art. 52. — A los fines de esta ley se asimilará a la condición de viudo o viuda:
a) La persona que acredite el vínculo conyugal con el causante aun cuando se tratare de matrimonios celebrados en el extranjero con impedimento de ligamen de
acuerdo con las leyes del país.

b) La persona con quien el causante hubiese vivido públicamente en aparente matrimonio hasta la época de su fallecimiento siempre que dicha convivencia alcanzase a un periodo mínimo continuado de cinco (5) años, cualquiera haya sido el estado civil de ambos de acuerdo con las leyes del país. Este término de convivencia se reducirá a un (1) año en el caso de que exista hijo reconocido por ambos progenitores”.

La cuestión es el tiempo de convivencia, según cuentan desde el organismo, al hombre le faltan algunos meses para cumplir los 5 años demostrables que pide el artículo de la legislación. “Les llevé una nota de apelación pidiéndoles por favor que revisen el expediente, les llevé fotos de 2017 y dicen que él, por pocos meses, no cumple con el requisito de 5 años de convivencia porque hizo cambio de domicilio recién en enero de 2018”, subrayó Taborda. “No sé qué cantidad de papeles le presenté. En enero de 2014 ya estaban conviviendo. A noviembre de 2022, cuando falleció la mujer, pasaron más de 8 años”, resaltó.

El rol de otras instituciones

Taborda presentó en la Caja una información sumaria ante un juez, donde se acredita la convivencia entre Rodríguez y Bahl. También se denunció que el hombre fue adherente de la tarjeta Sidecreer de Rodríguez.

“En diciembre 2022 presentamos todo. Entre otras cosas, él era adherente de la tarjeta Sidecreer de ella. Cuando ella murió, él se apuró en devolver la tarjeta. Entonces fui a Sidecreer a pedir una certificación de su adherencia, me dijeron que no me pueden dar una información de ese tipo, que llame a un abogado. Llamé a un abogado, presentó una nota pero tampoco le pueden dar esa información. Entonces pedí a la Caja que soliciten la constancia, que a ellos no le pueden negar la información y ahí quedó todo”, manifestó la mujer.

Además “en la Defensoría del Adulto Mayor me contestaron que busque a un abogado. Me hicieron que mandara número de expediente y todo, y me aconsejaron que busque a un abogado”, lamentó la mujer, agobiada por los trámites infructuosos. “Si él tiene certificado de discapacidad, no le pueden negar la pensión ¿por dos meses que este hombre se demoró en hacer el cambio de domicilio?”.

Para el Estado, Teresita era soltera y tenía sobrinos. “Cuando ella se enfermó de neumonía y la internaron, cayeron todos los sobrinos de Buenos Aires y Córdoba y lo empezaron a agredir a Marcos. Como la casa era de Teresita lo agredieron verbalmente para echarlo. Se hizo una exposición policial. Una de las sobrinas se quedó hasta el 7 de diciembre que Marcos se fue de la casa, para corroborar que él no se lleve nada, que nada le correspondía. Una locura con un hombre de 74 años ¿qué se va a llevar? Ni la lora se pudo llevar que la tengo conmigo”.

La mujer lamentó la situación y se preguntó para qué mentirían con la convivencia. “Ellos se cuidaban mutuamente como podían, Tere llegó hasta los 88 años sin ningún problema grave, se atacó de golpe con neumonía. Terminó en terapia y falleció. El más jodido de salud era Marcos”, acotó.

La ley que no reconoce intereses  

La ley contempla el desarchivo y reapertura de un expediente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos. Incluso, reconocer que se equivocaron y denegaron mal una pensión es una posibilidad y debería ser lo que ocurra en este caso. Sin embargo, si eso se consiguiera, la pensión comenzaría a pagarse desde la reapertura del proceso, así de injusto como suena. ¿Cómo es posible que si consideran mal denegado un beneficio, cuando lo conceden lo reconozcan recién desde la reapertura del expediente y no desde que se solicitó?

“Si llegan a reabrir el expediente en la Caja, pagan la pensión desde la reapertura y no desde que se solicitó la pensión que se denegó mal. No existen intereses punitorios y compensatorios para ellos”, acotó Taborda.

Burocracia más burocracia

Por otro lado, recordó lo agobiante de llevar un trámite en la Caja de Jubilaciones. “Primero fui en diciembre a averiguar cuáles eran los papeles para presentar en diciembre de 2022, después de la muerte de Teresita. Consulté si yo lo podía seguir al trámite o Marcos debía darme un poder. Me contestaron que lo podía seguir. Cuando fui a preguntar para ver cómo iba el trámite, me dijeron que yo no era apoderada y necesitaba un poder. Tuve que llamar a Buenos Aires, moverlo a Marcos para que me haga un poder general, pedirle que lo legalice porque saldría de la jurisdicción, gastó de 25 mil pesos para hacerlo y mandármelo. Cuando lo llevé a la Caja me dijeron ‘ahora sí lo podés seguir vos’ ¡Pero ellos me informaron mal!”, señaló.

Y completó: “En la Caja se quejaron también porque en el expediente estaba asentado mi e-mail y no de él ¡Pero ni siquiera maneja correo electrónico, es un adulto mayor con discapacidad, no maneja tecnología! Si no había problema de dejar mi mail, después salieron con ese domingo siete. Decí que Marcos no tiene que pasar por todo esto, si no se infarta otra vez”.

La respuesta oficial de la Caja

El contador Edgardo Scarione, presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia, contestó personalmente al planteo. En diálogo con ANÁLISIS confirmó que la pensión fue denegada porque faltó completar convivencia.

“Nosotros pedimos 5 años de convivencia, distinto a la Nación que con sólo el matrimonio alcanza. Acá, en este caso no está acreditada la convivencia. Incluso hay una especie de interna familiar donde al señor lo sacaron de la casa. Legalmente falta acreditar la convivencia. La documentación debe ser perfecta. Y la convivencia no es tan fácil de demostrar, más de una vez negamos las pensiones por esto. Las convivencias parecen fáciles de demostrar, hay muchas cosas en común pero en realidad no, no es así. Acá la casa era de la mujer y el señor tuvo una interna familiar con los sobrinos, cuando la mujer se enfermó. Nosotros debemos tener apego a la ley, si no le daríamos pensión a cualquiera. No tiene nada que ver que algunas jubilaciones y pensiones sean de 50 millones mensuales a exmagistrados, si los papeles entregados están perfectos es suficiente. Para que las pensiones salgan, hay que tener la previsión de los domicilios en común, de pagar un seguro de salud común, de que cuando la persona es internada y fallece, firma su conviviente, lo mismo que las exequias. Hay un montón de cosas que hace que nosotros no podamos rebatir. En este caso, legalmente hay un par de ítems que no terminan de probar la convivencia”, señaló.

“Nosotros tenemos requisitos que cumplir. Y a las pruebas las tiene que aportar el reclamante. Tenemos millones de errores y hemos tratado de corregir cosas, algunas podemos y otras no. No nos podemos hacer cargo. Si voy a cualquier tarjeta de crédito y pido información, tiene obligación de dármela. Para el área jurídica de la Caja, los cinco años de convivencia no están probados. Este es un expediente en el limbo, está más para no que para sí. Desde esta institución se actuó conforme a la ley, no a cuestiones humanitarias. Se puede pedir la reapertura para aportar una prueba más y entonces se vuelve a ver”, dijo Scarione.

Y cerró: “Acá en la Caja somos todos responsables y yo la represento. Si hay que revertir una resolución porque se aportó una prueba más, ningún problema, somos personas. Este expediente, está en el limbo”.

 

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