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Fiscalía Anticorrupción: el STJ revocó fallo a favor del amparo del fiscal Arias

El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con el voto de los vocales Daniel Carubia, Gisela Schumacher y Leonardo Portela, volteó la resolución judicial que había hecho lugar, en septiembre último, a un amparo presentado por el fiscal José Emiliano Arias, de la Unidad Fiscal de Concordia y uno de los postulantes a cubrir la Fiscalía Anticorrupción. La decisión del juez civil y comercial Nº 9 Ángel Moia, que frenó el concurso para Fiscalía Anticorrupción, fue revocada por el máximo tribunal al hacer lugar el STJ a la apelación presentada por la Fiscalía de Estado.

 

En su escrito, Fiscalía de Estado señaló que la decisión del juez Moia al declarar la invalidez de las resoluciones 1311 y 1312 del Consejo de la Magistratura “no tuvo correlato con la pretensión del actor, quien solicitó se dejen sin efecto las resoluciones atacadas, se ordene la renovación de tales actos administrativos y la suspensión del proceso del concurso hasta que se regularicen los mismos”.

Cuestionó también “la ausencia de fundamentación respecto a los elementos viciados del acto administrativo para declarar su invalidez y la alusión genérica realizada a la ´lucha contra la corrupción´ y la `transparencia`, sin explicar cuáles serían en concreto los actos sospechosos de vulnerar esos bienes jurídicos, volviendo arbitraria la decisión”, publicó el portal Entre Ríos Ahora.

La Fiscalía agregó que el juez tampoco trató la cuestión vinculada a la improponibilidad subjetiva de la acción, porque ignoró que la pretensión actoral afectaba los derechos de los demás postulantes inscriptos en los Concursos Públicos Nº 285, 286, 287 y 288. Adujo que se comprometieron los derechos de terceros no demandados en la causa sin que se les diera algún tipo de intervención en el proceso.

En cambio, el Procurador General de la Provincia Jorge Amílcar Luciano García dictaminó en contrario y opinó que la sentencia de Moia debía ser confirmada.

En su voto, el vocal Leonardo Portela, que postuló revocar la sentencia de Moia, sostuvo que “es importante señalar que el doctor Arias ha cuestionado el sistema en sí mismo, ya que esgrime como argumento que se trata de un procedimiento que no asegura en su evaluación la comprobación de idoneidad requerida para el acceso a la función pública y establece un sistema de examen mediante un banco de casos que no alcanza el estándar mínimo de exigencia. De tal modo, es evidente que la disputa no puede zanjarse mediante la vía del amparo, ya que la crítica se dirige al mecanismo implementado por el legislador en la Ley 11.003, cuestión de gravedad institucional cuyo análisis no puede llevarse a cabo seriamente en un proceso de este tipo”.

Portela entendió que “no considero que sea necesario detenerse en el análisis de los supuestos de procedencia, ya que la acción no logra sortear el mencionado de admisibilidad. Corresponde entonces hacer lugar al recurso interpuesto por la demandada, revocar el fallo atacado y rechazar la acción de amparo”, consignó el portal Entre Ríos Ahora.

Los pasos para retomar el proceso de concurso para cubrir el Consejo de la Magistratura quedan, aún con el fallo del STJ, en un cono de sombras. “No creo que pueda darse en esta gestión el nombramiento de un Fiscal Anticorrupción -expresó una fuente del Ejecutivo-. No dan los tiempos”.

La pelea de fondo

En septiembre último, la Justicia le había dado una buena al fiscal José Emiliano Arias: hizo lugar al recurso de amparo presentado por uno de los postulantes para ocupar cargo en la Fiscalía Anticorrupción. La resolución favorable fue firmada por el titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 9, Ángel Moia, que desarmó la estrategia del Gobierno y del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos que había buscado apurar la designación de esos cargos en el actual período de gobierno. Arias declaró «la invalidez» de dos resoluciones del Consejo de la Magistratura que dieron vía libre al concurso para la Fiscalía Anticorrupción al aprobar las modificaciones al banco de casos.

Conocida la resolución judicial, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes anunció que el Gobierno apelaría la medida ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ). En el máximo tribunal no prosperó una acción de Arias que pretendió recusar a todos los supremos.

El fiscal Arias entendió que no se respetó la reglamentación del Consejo en la aprobación de las actas que derivaron en la ampliación del banco de casos con los cuales concursarán los postulantes al momento que se concrete el concurso. “La reglamentación vigente es clara en cuanto a la exclusividad del tratamiento de temas incluidos en el orden del día previamente publicitado. Así, el art. 4 del Reglamento General del Consejo establece que `las reuniones del Consejo serán públicas, salvo que su Presidente o la mayoría absoluta del cuerpo resuelva lo contrario respecto de todos o algunos puntos de los temas a tratar. Deberán respetar el orden del día, que será confeccionado por el Secretario General y aprobado por el Presidente. El temario se hará conocer a los integrantes del organismo con una antelación de, por lo menos, 48 horas a la fijada como fecha de reunión. Cualquier integrante del Consejo podrá solicitar la inclusión de puntos en el orden del día o la alteración del temario fijado, pero su tratamiento requerirá del voto de la mayoría absoluta de los presentes`. De las actas acompañadas surge que el tema fue propuesto sobre el final de la reunión, debatiéndose sobre la existencia de un acto aprobatorio. Mientras el Presidente del organismo suponía que se había aprobado por imperio del silencio traducido en la falta de impugnaciones y su publicación, otros consejeros consideraron que esto no resultaba suficiente”.

“Si bien el acta refiere a la adopción de la decisión por la unanimidad, refiere a los miembros presentes. Previamente se había dispuesto hacer lugar parcialmente a los cuestionamientos planteados, incorporando nuevos casos que no fueron sometidos al mismo control que la generalidad delbanco de casos”, agrega el juez.

Una semana previa a esa resolución de septiembre pasado, Moia les había dado otro golpe a las aspiraciones del Consejo de la Magistratura y frenó la instancia de oposición en el concurso para la Fiscalía Anticorrupción, trámite previsto para los días 18, 19 y 20 del actual, consignó el portal Entre Ríos Ahora.

Moia hizo lugar a la medida cautelar pedida por el fiscal de Concordia José Emiliano Arias y suspendió la instancia de oposición prevista para este lunes en el marco del concurso para designar fucionarios en la Fiscalía Anticorrupción.

Arias es uno de los postulantes al cargo de Fiscal Anticorrupción y había presentado un recurso de amparo acompañado de una medida cautelar. El juez Moia entendió que “resulta conveniente acceder a la suspensión cautelar de la oposición a las resultas de la sentencia definitiva. Esto no provocaría una dilación significativa ante la inminencia de su dictado, considerando los plazos vigentes, como lo reconoce la misma accionada”.

El fiscal José Emiliano Arias, de la Unidad Fiscal de Concordia, uno de los postulantes a ocupar la Fiscalía Anticorrupción, acudió con un recurso de amparo ante el juez Civil y Comercial Nº 9, de Paraná, Ángel Moia, con el agregado de una medida cautelar que busca frenar el proceso del concurso de la Fiscalía Anticorrupción.

Arias acudió a la vía judicial cuando no encontró respuesta a su pedido de suspensión del proceso del concurso por parte del Consejo de la Magistratura, organismo al que requirió que se aplace el trámite “en virtud de la irregular conformación y ausencia de aprobación del banco de casos (Res. 1311) y aprueba el mismo banco de casos (Res. 1312), dejándola sin efecto por su manifiesta ilegalidad, ordenando la renovación de tales actos administrativos y la suspensión del proceso de concurso hasta que se regularicen los mismos”. Así, le pidió al juez que ordene la suspensión de la instancia de oposición de los días 18, 19 y 20, a través de una medida cautelar.

En ese marco, este el miércoles pasado el juez dispuso que el Poder Ejecutivo 2en el término de 7 días informe sobre la exactitud de los hechos que motivaron la pretensión y en caso afirmativo la razón en que fundan dicha actitud -haciéndole saber que es la oportunidad para contestar la demanda y para ser oído”.

Respecto de la medida cautelar, el magistrado otorgó un plazo de 24 horas al Consejo de la Magistratura para que “informe integración consignando los miembros titulares y suplentes” del organismo, “y al momento de celebrarse las sesiones de fecha 04.09.23 y 08.09.23), consignando las resoluciones que habilitaron su participación en cada caso; y que remita la siguiente documentación: 1.- Acta de Sesión del Pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos del 04/09/23; 2.- Acta de Sesión del Pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos del 08/09/23; 3.- Constancia de convocatoria (con orden del día) a Sesión Extraordinaria para el día 08/09/23; 4.  Nota presentada por el Consejero Juan Pablo Filipuzzi el día 12/9/23 a las 8,30 hs. en relación con las resoluciones 1311 y 1312 del Consejo de la Magistratura, y las medidas consecuentes que se hubieran tomado, librándose por Secretaría el oficio de rigor y diligenciándose en los correos electrónicos denunciados”.

Fuente: El Entre Ríos Ahora

Foto: Análisis

 

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