La Jefatura de Policía Departamental Uruguay, hizo saber las recomendaciones para tener en cuenta para estas elecciones PASO que se llevarán a cabo el 9 de agosto. Lo que se puede hacer y lo que no.
¿Dónde se extenderán certificados por la NO emisión de sufragio?
Desde el inicio al cierre de los comicios, se extenderán los certificados en los lugares que a continuación se detallas:
Jefatura Departamental Uruguay (San Martin 713); Comisaria Primera (boulevard Díaz Vélez 630); Comisaria Segunda (boulevard Sansoni 2191); Comisaria Tercera (Agustín Magaldi 76);
Todas las dependencias policiales del interior del departamento Uruguay estarán habilitadas para la entrega de esos certificados.
Motivos por el cual se extienden los certificados
Por encontrarse a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar; por razones de salud justificadas con certificado médico; por no coincidir los datos personales en el padrón electoral; por no figurar en el padrón electoral; por no poseer el documento nacional de identidad.
¨Prohibiciones¨ a tener en cuenta establecidas en Ley Nº 19.945, Artículo Nº 71:
Las reuniones de electores o depósitos de armas durante las horas de la de la elección.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasada tres horas de ser clausurado.-
Tener abiertas las casas destinadas al expendido de cualquier clase de bebidas alcohólicas, hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.-
A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.-
Realizar actos públicos de proselitismo, publicar, difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.
Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
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