“Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, dijo el jefe del Palacio de Hacienda.
En una imagen de una factura de energía eléctrica del Municipio de La Costa que adjuntó a su mensaje en X, Caputo puntualizó -a manera ilustrativa- cuáles son los recargos impositivos muincipales que ya no podrán ser incluidos en el costo del servicio, entre ellos, tasas de seguridad e higiene, cuota social, Bomberos, una asociación cooperadora para un hospital y otras ordenanzas. Santiago Migone, funcionario de la Secretaría de Industria y Comercio, aseguró que “la resolución abarcará, además, a los impuestos provinciales no relacionados con el servicio”.
Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectoresSumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo. |