Fuentes judiciales informaron que las partes estaban al tanto de que la notificación que dio cuenta de que el recurso extraordinario federal que presentó Carina Ivascov contra la decisión del juez federal, Leandro Ríos, de otorgar la personería provisoria al espacio que lidera el diputado, Roque Fleitas, estaba en la Corte Suprema de Justicia. El sábado Fleitas fue elegido como presidente del sello que aún está en disputa.
Fuentes judiciales informaron que aún no está firme el fallo que otorgó la personería provisoria del nombre La Libertad Avanza (LLA) en Entre Ríos. En agosto de 2024 el juez federal con competencia electoral de Paraná, Leandro Ríos, dispuso rechazar las impugnaciones que presentaron la dirigente, Carina Ivascov, y Sebastián Etchevehere, por la titularidad del partido.
Contra aquella decisión que, en consecuencia otorgó la personaría provisoria a la línea que lidera el actual diputado provincial libertario, Roque Fleitas, que el sábado fue elegido presidente de un espacio político que aún no resolvió la titularidad del nombre.
El 12 de diciembre del año pasado, Ivascov, como presidente de LLA y con el patrocinio legal de Guillermo Reggiardo, interpuso “Recurso de apelación de La Libertad Avanza en autos La Libertad Avanza s/reconocimiento de partido de distrito”, que se tramita ante la Cámara Nacional Electoral.
Desde la Cámara se notificó a las partes el 19 de diciembre de 2024, que el recurso se tenía “por presentado”, y se corrió “traslado del recurso extraordinario interpuesto, por el término de diez días”. La notificación que lleva la firma de Santiago Corcuera, consignó que “se adjunta copia del mencionado proveído y del recurso. Quedan ustedes debidamente notificados. Buenos Aires, 19 de diciembre de 2024”.
Ivascov presentó el REF contra la decisión de la Cámara Nacional Electoral, que rechazó el recurso de apelación interpuesto, cuestionó que se declaró “su deserción sin analizar los agravios planteados, la prueba acompañada ni el reconocimiento provincial del partido”.
Añadió que “el fallo vulnera garantías constitucionales fundamentales, específicamente el derecho a la defensa en juicio, la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad y el debido proceso” consagrados en la Constitución Nacional y tratados internacionales.
La dirigente libertaria con orígenes en el Partido Justicialista señaló que “en el presente caso, donde la parte recurrente es el partido La Libertad Avanza en la Provincia de Entre Ríos, la resolución impugnada genera un gravamen irreparable, ya que afecta directamente derechos fundamentales de orden constitucional y convencional”.
Reiteró que “la desestimación de los agravios presentados, la falta de tratamiento de pruebas determinantes y el desconocimiento el reconocimiento provincial otorgado conforme a la Ley Provincial 5170, lesionan garantías como el derecho a la participación política, el derecho de defensa en juicio y la igualdad ante la ley”.
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