Entre Ríos adhirió a la normativa nacional que establece el Protocolo de Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Así se resolvió a través de la Resolución 2883 del 29 de agosto de 2017, firmado por la ministra de Salud Sonia Velázquez.
La disposición, que ya tiene casi un mes, establece en su Artículo 1º la revocación de la Resolución Nº794/12 que dispone la Guía de Procedimientos para la Atención de Pacientes que Soliciten Prácticas de Aborto No Punible; y en su Artículo 2º Adherir al Protocolo ILE, del año 2015 de la cartera sanitaria nacional.
En los considerandos de la resolución se establece que “la necesidad de normalizar los instrumentos que garanticen el derecho a la salud de las mujeres que eviten que se pongan en riesgo numerosos derechos humanos como la igualdad, la autodeterminación, la privacidad, el principio de legalidad y la no discriminación, con el objeto de brindar atención integral y oportuna en el marco de la confidencialidad y el respeto de sus derechos sexuales y reproductivos, como parte fundamental de los derechos humanos”.
Y se agrega que “mediante resolución 974/12 MS, el Ministerio de Salud de la Provincia aprobó una Guía de Procedimientos para la atención de pacientes que soliciten prácticas de abortos no punibles; que en virtud de la vigencia del Protocolo de Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Ilegal del Embarazo (Guía ILE) dictado por el Ministerio de Salud de la Nación en el año 2015, de aplicación obligatoria en todo el territorio argentino, dicha Resolución debe ser revocada”, se precisó.
Asimismo, se planteó que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado sentencia en la causa ‘F.A.L. s/Medida Autosatisfactiva’, sosteniendo que el Artículo 86º Inciso 2 del Código Penal de la Nación establece que ‘el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible (…) si el embarazo proviene de una violación’, sea esta o no incapaz y exhorta ‘a las autoridades (…) con competencia en la materia, a implementar y hacer operativos, mediante normativa del más alto nivel (…) protocolos hospitalarios para la concreta atención de abortos no punibles y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual”, publicó Análisis Digital.
Se agrega en los considerandos de la resolución del Ministerio de Salud de la Provincia que “nuestro país ha ratificado numerosos tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional -Artículo 75º Inciso 22 de nuestra Constitución Nacional-, en los que se destacan la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Belén do Pará…”.
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