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Rechazaron la recusación contra el juez que investiga a Urribarri

El tribunal conformado por los camaristas Daniel Malatesta, Gustavo Pimentel y Rafael Cotorruelo rechazó en el mediodía de este miércoles el pedido de recusación del juez de Garantías José Eduardo Ruhl, formulado por los defensores del ex gobernador Sergio Urribarri, Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez.

El trámite fue en el marco de una causa por la contratación de publicidad oficial en carteles en rutas y en la vía pública en la cual también están imputados el ex ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, y el cuñado del ex mandatario, Juan Pablo Aguilera.

Al pedido de recusación de Ruhl se habían sumado los defensores Miguel Ángel Cullen, que representa a Alejandro Almada, Corina Cargnel y Maximiliano José Sena; Ignacio Díaz y José Velázquez, que defienden al ex ministro Pedro Báez; y Guillermo Vartorelli, que representa a Gustavo Tamay, Emiliano Giacopuzzi y Corina Cargnel. Todos ellos están imputados y embargados en la causa “Urribarri Sergio D., Báez Pedro A., Aguilera Juan P, Cargnel Corina E., Bustamante Jesús J.M., Montañana Hugo E., Tamay Gustavo R., Almada Luciana B., Giacopuzzi Emiliano O., Almada Alejandro S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

Según informó Entre Ríos Ahora, el tribunal también rechazó el planteo de Cullen de reprogramar la audiencia prevista para este viernes 1 de junio a las 9, en la que el juez Ruhl decidirá si la causa que investiga la distribución irregular de 24 millones de pesos en publicidad en cartelería, de la que se habría beneficiado, mediante el pago de coimas, el cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, va finalmente a juicio oral. En caso de que el magistrado resuelva ese camino, deberá pedir en forma previa el desafuero de Urribarri y Báez a la Cámara de Diputados, medida similar a la que ya formuló otro magistrado, Gustavo Maldonado, en otra causa por contratación de avisos publicitarios.

El presidente del tribunal, Daniel Malatesta, dijo que los tres magistrados realizaron un “profundo análisis” de lo que habían planteado los abogados defensores, y que recurrieron a jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y también del ámbito internacional, para analizar de qué modo aplicar “el instituto de la recusación de los jueces”.

Fue antes de dar a conocer el rechazo de los reproches de las defensas. Dijo el tribunal que no se ve afectada la “imparcialidad” del juez Ruhl, y que el magistrado tampoco ha hecho anticipo de opinión por el hecho de haber intervenido en más de una oportunidad en la tramitación del expediente judicial. “No existe para el tribunal atisbo alguno de parcialidad o anticipo de opinión como aseveró la defensa”, dijo Malatesta en la audiencia oral y pública que se desarrolló el mediodía de este miércoles.

En cambio, el tribunal no quiso adentrarse en el planteo hecho por el exgobernador Urribarri ante el Tribunal de Superintendencia del STJ, en el que acusó de mal desempeño a Ruhl por cuanto no existe denuncia formal que haya sido incorporada a la causa. Y respecto del pedido de inconstitucionalidad de los artículos 46 y 48 del Código Penal, que habilita los caminos de la apelación, se lo rechazó por “inadmisible”.

 

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