Conocer cuál es el estado actual del denominado “Basural” de Talita, si se han realizado estudios de impacto ambiental, qué tratamiento se está haciendo en el lugar y cómo quedó la relación con la empresa Hosifa, ex concesionaria del basural, son algunas de las preguntas que los vecinos a través de la Asamblea Ciudadana Ambiental le presentaron al intendente José Eduardo Lauritto.
“Cuál es el estado actual del denominado “Basural”, sito en inmediaciones de Talita, dado que es de público conocimiento que la Municipalidad dejó sin efecto la concesión otorgada para su gestión a la empresa HOSIFA y si el organismo a su cargo ha realizado en la actualidad análisis y estudios de impacto ambiental del volcado de residuos en dicho lugar, y, en particular, respecto del filtrado de líquidos lixiviados y su penetración en napas y cursos de agua”, son dos de las requisitorias de la asamblea, como también conocer “quién gestiona actualmente el llamado “Basural”, y qué sistema de tratamiento se está empleando respecto de los residuos urbanos que allí se vuelcan, y en particular, qué se hace con los residuos patogénicos”.
Asimismo, la organización ciudadana solicita conocer “si la justicia contenciosa administrativa ha autorizado el uso de otra u otras cavas en el predio de mención para emplearlas como vertederos y, en su caso, qué sistema de tratamiento se utilizará y qué tecnología será de aplicación, detallando tiempos, costos y modalidad de contratación de los trabajos en cuestión”.
Por otra parte, la Asamblea le pregunta en el escrito al intendente Lauritto “qué medidas ha adoptado el Municipio a su cargo, en relación a la empresa HOSIFA y sus directivos, en relación a responsabilidades legales respecto de la gestión del “Basural” mientras estuvo vigente el contrato celebrado con dicha sociedad” como también buscan saber “si las decisiones municipales adoptadas se encuentran comprendidas en los alcances de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos 10.311”.
“Por otro lado, en ese marco, teniendo en cuenta la Ley Nacional 25675 y las Leyes Provinciales 10311 y 10479, si se realizó un Estudio de Impacto Ambiental conforme al Decreto Nº 4977/09 GOB y su modificatorio. Del mismo modo, si se tuvo en cuenta el mecanismo de Participación Ciudadana en este proceso”, solicitaron.
Cabe destacar que el pedido de información se realiza en el marco de lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 9876/16, el Decreto Provincial Nº 1169/2005 GOB; Arts. 1, 9 y concordantes de la Ley Nacional 25831; los Arts. 2, 16 y concordantes de la Ley Nacional 25675; 13 y 84 de la Constitución Provincial; Arts. 1, 33, 41 y 42 de la Constitución Nacional; 8.1 y 13 del Pacto de San José de Costa Rica; 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 19.2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, en el artículo 15.2º del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales; concordantes de otros Pactos de Derechos Humanos mencionados en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional; y, el Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
“Esta parte no cuenta con recursos para cargar con el costo que demandare la reproducción y/o fotocopiado de la información solicitada, y espera obtenerla dentro del plazo de los 10 días hábiles que fija la ordenanza municipal”, mencionó por último la organización vecinal.
Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectoresSumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo. |