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Los empleados de comercio que trabajen los domingos previos a las fiestas deberán cobrar el doble

Los trabajadores de comercio que sean convocados para desarrollar tareas los días domingo 23 y domingo 30 de diciembre, es decir, previos a Navidad y Año Nuevo respectivamente, deberán cobrar como doble jornada. También les corresponde tener un franco compensatorio, informaron el Sindicato de Empleados de Comercio de Concepción del Uruguay.

El Sindicato de Empleados de Comercio de Concepción del Uruguay informó que, “en vísperas de las fiestas de Navidad y Año Nuevo, todos los trabajadores que cumplen su labor de lunes a sábados de forma normal y habitual, y sean convocados para desarrollar tareas los días domingo 23 y/o domingo 30 de diciembre deberán percibir horas extras al 100 por ciento, y un descanso similar a las horas trabajadas”.

"En algo que está establecido por ley" dijo Mario Lovisa, desde la seccional local a este medio. Y después agregó: "Incluso lo subimos a nuestra página de facebook para que lo vean los más jóvenes. Los más grandes, delegados y patrones ya lo saben"

 

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