BNA
Inicio » Novedades » Caso Chaix: pidieron duras penas para Torrán y el 13 de marzo se dará el fallo

Caso Chaix: pidieron duras penas para Torrán y el 13 de marzo se dará el fallo

Se desarrollaron los alegatos de cierre en el juicio oral y público que se sigue contra Emiliano Torrán por la muerte de Emiliano Chaix en un choque en la madrugada del 14 de julio de 2018. Fue este jueves en los Tribunales uruguayenses. Tanto la Querella (12 años de prisión) como la Fiscalía (seis años) pidieron duras penas para el acusado, cuya Defensa pidió la pena mínima. El 13 de marzo se leerá la sentencia.

 

Informe: JORGE RUBÉN DÍAZ

Colaboración: M.B. y M.R.

 

PIDIERON DISTINTAS SANCIONES

La Fiscalía solicitó seis años y seis meses de prisión con diez años de inhabilitación especial para conducir para Torrán, mientras que los abogados querellantes pidieron 12 años y seis meses de prisión. Por su parte, la Defensa cuestionó las figuras legales en las que se apoyó la Querella para su pedido de condena.

El resultado se conocerá el miércoles 13 de marzo a las 12.30, cuando el Tribunal de Justicia está compuesto por Mariano Martínez, Evangelina Bruzzo y Rubén Chaia, leerá el adelanto de la sentencia.

La fiscal María Albertina Chichi se tomó una hora y cuatro minutos para fundamentar su petición. Hizo un repaso de los hechos, reafirmó los conceptos vertidos en su alegato introductorio del 12 de febrero, pero los reforzó con las declaraciones de cada uno de los testigos que fueron pasando en estas dos semanas de debates orales y públicos. Incluso se dio el tiempo para desestimar la declaración de Emiliano Torrán.

“Es muy loable lo de la Defensa, que quiso presentar a Emiliano Torrán como al Papa Francisco y en realidad de Papa Francisco no tiene nada" (Arrechea)

Por eso pidió seis años medio de prisión, con diez años de inhabilitación especial para conducir por considerar como autor material y penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor a exceso de velocidad y con culpa temeraria, lesiones graves culposas agravadas por las mismas calificantes en concurso ideal y partícipe necesario de los delitos de lesiones dolosas. Los hechos, en daño de concurso real. También pidió que se prorrogue su prisión preventiva “porque es evidente y palmario el riesgo de fuga”. “Se demostró en este debate que tiene medios para profugarse y permanecer oculto en aras de evitar asumir la condena que se cierne sobre el mismo y se debe preservar la integridad física de los testigos que depusieron en el debate”, completó.

 

DIFERENCIAS EN LA FIGURA LEGAL

Los abogados querellantes adhirieron al relato del Ministerio Público Fiscal, aunque en el caso de Francisco Rodríguez encontró diferencias en el pericia accidentológica. Consideró la realizada por el perito David Cabrera (ver nota: Perito cree que Torrán…) como “la más acertada”. En cambio, no valoró en igual sentido a las del ingeniero Rossini y de Jacquet que “no tuvieron en cuenta las frenadas” y que también en el caso de Rossini “fue manipulada” por parte de la familia Torrán. Tanto Rodríguez como Arrechea marcaron sus diferencias con la Fiscalía con el encuadre legal en que se desarrolló el juicio.

“Lamentablemente, en este proceso penal se investiga lo que le sirve a los fiscales y no lo que les sirve a los abogados, cuando la obligación de ellos es investigar todo". (Ostolaza).

A su tiempo, Sebastián Arrechea desarrolló lo que consideró el encuadramiento tipográfico para aplicar la sanción punitiva, sosteniendo sus dichos con abundante jurisprudencia.  El letrado consideró que es viable que a Torrán se lo juzgue bajo la figura de “dolo eventual”, porque entiende que a lo largo del desarrollo de las audiencias “se lo comprobó en los hechos fácticos”. Insistió en que no cabe la figura de “homicidio culposo” sino como “homicidio doloso”. Durante 45 minutos ahondó en ese sentido y no ahorró citas a la bibliografía de Eugenio Zaffaroni, Günther Jakobs y del especialista legal en accidentología vial, Adrián Tenca, entre otros.

“Estas circunstancias no pueden ser agravantes de un homicidio culposo agravado por la culpa temeraria, desde lo sustantivo del Derecho Penal que es una figura confusa con el Dolo eventual, sino  que es un injusto penal doloso, con dolo eventual, subsumible al artículo 79 del Código Penal que tiene la pena de 8 a 25 años”, recalcó.

Fue más allá y disparó: “Es muy loable lo de la Defensa, que quiso presentar a Emiliano Torrán como al Papa Francisco y en realidad de Papa Francisco no tiene nada, sino que es una persona que sabe manipular, porque maneja personas, está en una fundación, los lleva, los trae. A pesar de tener este vicio que es un flagelo, está en permanente conflicto con la Ley Penal porque antes de consumirla debe comprar la sustancia. Es una persona instruida, ha intentado manipular a sus padres para decirles que se está curando y que no volverá a caer, y luego intenta hacer un tratamiento ambulatorio. Pero después, cuando ocurren los hechos, es indiferente a la víctima”.

Cuando le tocó el turno, el abogado defensor José Ostolaza retrucó lo expuesto por la Querella con esos mismos autores legales pero con otra interpretación, a los que les agregó Marco Terragni y Romero Villanueva, por citar algunos.

Ostalaza, durante una hora y media,  hizo diversas observaciones, recordó lo que planteó en su alegato introductorio: “Desde la apertura de causa, desde la imputación, desde la remisión de la causa a juicio e incluso en el mismo alegato de apertura, mi cliente no fue imputado del delito de dolo eventual. Ahora nos desayunamos de esa novedad. Nunca se le imputó esa conducta concreta”, se quejó. En todo momento sostuvo que su defendido intentó evitar la colisión y sus consecuencias.

 

FALSO TESTIMONIO

Luego, Ostolaza volvió a la carga asegurando que hubo falso testimonio de la testigo María Florencia Canciani (ver nota:…sentencia ejemplar…) y apuntó contra la Fiscalía: “Lamentablemente, en este proceso penal se investiga lo que le sirve a los fiscales y no lo que les sirve a los abogados, cuando la obligación de ellos es investigar todo".

“Canciani está mintiendo, eso se cae de maduro”, insistió el defensor, y puso en dudas a todos los testigos de la Fiscalía “por tener vinculaciones con las partes demandantes”. Y aseveró: “No ha quedado demostrado la alta velocidad y la culpa temeraria”.

Pidió la pena mínima. Volvió a anticipar que hará reserva de Casación y del Recurso Extraordinario Federal.

 

LOS QUE INTERVIENEN

Recordemos que el Ministerio Público Fiscal está a cargo de la acción penal y está representado por la fiscal María Albertina Chichi. La causa tiene dos legajos: Nº3546/18 -que está caratulada “Torran Emiliano s/homicidio culposo agravado y lesiones graves culposas”- y su acumulado, Legajo Nº2256/17 -caratulado: “Torran, Emiliano; Ocampo Guillermo; Paccot Alexis Gabriel y un menor s/amenazas, daños y lesiones”-.

Los abogados que intervienen son Sebastián Rodrigo Arrechea, que representa a la familia Chaix y a Daiana Arce en la parte penal. Francisco Martínez representa a Arce por sus lesiones y Jorge Delorenzi es abogado de Arce en el fuero civil. En tanto, Luis Osvaldo Carrozzo es querellante por parte de la madre y los hermanos de Emiliano Chaix.

La Defensa del acusado corre por cuenta de los abogados José Ostolaza y Pablo Sotelo.

 

click en las imágenes para ampliar

 

 

Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectores

Sumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo.

Deja tu comentario

comentarios

Destacado

Fútbol local: empieza la definición del último torneo del año

Este domingo 24 de noviembre se jugarán los cuartos de final del "Torneo Mario Wurst" …