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En un fallo unánime el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos habilitó las fumigaciones

Por unanimidad, el máximo órgano judicial de la provincia ratificó el decreto que regula las fumigaciones y rechazó la acción de amparo que presentaron organizaciones ambientalistas. Horas antes de conocerse la resolución, Castrillón había recibidoa ruralistas. Cómo se pueden aplicar agroquímicos desde ahora.

n el marco de la causa “Foro Ecologista de Paraná (3) y otro C/Superior Gobierno de Entre Ríos S/Acción de Amparo" los integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), Susana Medina, Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Martín Carbonell y Juan Smaldone, resolvieron (por unanimidad) establecer que no existe nulidad y rechazar parcialmente la apelación interpuesta por el Estado Provincial;  también resolvieron confirmar la sentencia de grado en cuanto dispuso la declaración de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad del art. 2 del Decreto N.º 2239/19 GOB en relación al inicio de la distancia de la “Zona de Exclusión”, la que, en consecuencia, deberá medirse a partir de la “barrera vegetal”, que deberá estar a 150 metros del establecimiento educativo .

 

(..) en otro punto del resolutorio, confirmó la sentencia de grado en relación al inicio de la distancia de la "zona de exclusión", la que, en consecuencia, deberá medirse a partir de la barrera vegetal; y no desde el centro del casco de las escuelas rurales, como preveía el Decreto Nº 2239/19 GOB. En este extremo, consideró que la condena a implantar barreras vegetales a 150 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia dispuesta en el caso "Foro 1", adquirió firmeza.

A su vez, se hizo lugar a la apelación interpuesta por el Estado Provincial y, en todo lo demás, se revocó el pronunciamiento venido en revisión; se rechazó la acción de amparo intentada y se condenó al Estado provincial a que en el plazo de 20 días hábiles subsane el art. 2 del Decreto Nº 2239/19 para que las mediciones de aplicación de productos sean “a partir de la barrera vegetal”.

Asimismo se estableció exhortar al Poder Legislativo de la provincia de Entre Ríos a que, en un plazo razonable, dicte una ley que regule la temática, con la participación de los sectores involucrados y especialistas en la materia.

El fallo judicial mantiene la vigencia del decreto provincial haciendo la salvedad que se establece en dicha sentencia.

Valoración del Decreto 2239/19

En esa línea, el STJ entendió que la norma cuestionada se presenta razonable en el reducido margen de conocimiento que habilita el amparo ambiental.

En ese sentido, se sostuvo que el Decreto Nº 2239/19 GOB "instrumenta un sistema general y global que tiene por objeto regular la aplicación de plaguicidas y agroquímicos en las proximidades a establecimientos educativos rurales. También, aumenta las obligaciones en materia de control sobre el régimen de aplicaciones, en miras de alcanzar un mayor nivel de protección de alumnos y personal de las escuelas; ello, respecto del existente hasta el momento de su dictado".

Sin perjuicio de ello, en otro punto del resolutorio, confirmó la sentencia de grado en relación al inicio de la distancia de la "zona de exclusión", la que, en consecuencia, deberá medirse a partir de la barrera vegetal; y no desde el centro del casco de las escuelas rurales, como preveía el Decreto Nº 2239/19 GOB.

En este extremo, consideró que la condena a implantar barreras vegetales a 150 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia dispuesta en el caso "Foro 1", adquirió firmeza.

 

TRISTEZA

La abogada de la organización ecologista Aldana Sasia expresó su tristeza una vez conocido el fallo que ratificó el decreto Nº 2239 sobre fumigaciones. “Sabemos que tenemos toda la fundamentación técnica suficiente para que esta lucha no sea tildada de fundamentalista y partidaria”, enfatizó. “Nunca dijimos que no se podía sembrar o producir” acentuó sin dejar de remarcar los pedidos de audiencia al Gobernador para proponer “alternativas” al modelo productivo actual.

El Foro ecologista de Paraná, una de las organizaciones que apeló el decreto del Gobernador sobre la regulación de las fumigaciones en Entre Ríos  y que hoy el STJ de Entre Ríos avaló, anunció que presentará un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia en el plazo de los próximos diez días hábiles.

Lo adelantó este lunes la abogada de la entidad, Aldana Sacia quien cuestionó la decisión judicial: “Este fallo que fue efectuado por cinco jueces que no tienen nada que ver con el Tribunal de la Sala de origen, marcó claramente la intención del Gobernador de constituir un tribunal que resuelva conforme los intereses del Ejecutivo, los cuales siguen siendo sostener una política basada en la explotación de los bienes comunes sin tener en cuenta la salud”, acentuó.

 

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