El anterior había sido aprobado en Diputados y sufrió algunas modificaciones en el Senado, por lo que se decidió presentar uno nuevo ya consensuado. La nueva iniciativa incorpora la posibilidad de que las pymes regionales puedan producir y adapta la terminología a la nueva reglamentación nacional.
El proyecto que, al igual que el anterior también fue presentado por Néstor Loggio y Silvia Moreno, contempla las nuevas reglamentaciones nacionales y avanza sobre la posibilidad de que las pymes locales puedan avanzar en la producción industrial de cannabis y cáñamo, punto que el presidente Alberto Fernández anunció en la Asamblea Legislativa del 1 º de marzo.
La iniciativa, a la que accedió la agencia APF, tiene 27 artículos y el primero crea “el régimen para el acceso seguro e informado al cannabis con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos del dolor y a sus derivados, con el fin de garantizar y promover la protección integral de la salud de las personas a las que se les indique su uso para dichos fines”. La norma “tiene como principal objetivo la protección integral de la salud, entendida como un derecho humano fundamental en el territorio provincial, mediante el acceso a la planta de cannabis y sus derivados”.
Están autorizadas a sembrar, cultivar, transportar, almacenar y producir cannabis y sus derivados con fines terapéuticos las personas humanas que cultiven para sí o para un tercero beneficiario que acrediten la indicación médica; el Estado provincial, municipios y comunas; organismos de ciencia y tecnología dependientes de otros niveles de gobierno; laboratorios públicos; universidades públicas; centros de investigación; asociaciones civiles; fundaciones; mutuales y cooperativas; todas vinculadas a la materia de la presente ley y radicadas en Entre Ríos”.
Se aclara enseguida que quedan excluidos del régimen las sociedades comerciales, que serán autorizadas a la producción de fitopreparados y formulaciones magistrales, como a su posterior comercialización si funcionan bajo la forma de farmacias”.
En tanto, el artículo Nº 6 faculta al Poder Ejecutivo provincial a la constitución de Sociedades del Estado o a su integración en Sociedades de Economía Mixta con mayoría estatal, que tengan por objeto la producción del cannabis”.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de Entre Ríos, que coordinará la implementación de las políticas públicas sobre el tema en articulación con el Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico”.
Ambas carteras tendrán la función de “crear el Registro Provincial de Usuarios y Cultivadores de cannabis con fines Medicinales, Terapéuticos y/o Paliativos y el Registro Provincial de Farmacias autorizadas a producir preparados fitoterapéuticos y formulaciones magistrales con el uso de cannabis”.
A su vez, implementará “el Programa de Acceso al Cannabis de Entre Ríos” y emitirá “la Certificación de Acceso al Cannabis Medicinal (CACM) que servirá de constancia para todas aquellas personas autorizadas por esta ley”.
Registro de Usuarios y Cultivadores
El artículo 11º del proyecto legislativo brinda precisiones sobre las características del Registro Provincial de Usuarios y Cultivadores de Cannabis, que garantizará la autorización e inscripción de las personas humanas que cultiven para sí, o para un tercero que acredite indicación médica y las asociaciones civiles y fundaciones que cultiven para sus asociados que acrediten con indicación médica el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo”.
“Las personas humanas que acrediten indicación médica de uso de cannabis o sus derivados, tendrán el derecho a solicitar ante el Registro la inscripción de hasta tres personas y sus correspondientes domicilios, como responsables de la siembra de cannabis cuyo único destino será el abastecimiento solidario de la persona usuaria de cannabis y sus derivados con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos. En el Registro quedará plasmada la vinculación entre la persona que acredite uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y quienes cultivan para ella”.
Otro de los artículos dispone la creación del Registro Provincial de Farmacias autorizadas a producir y comercializar formulaciones magistrales a partir de extractos de cannabis, de cannabinoides o de materia prima vegetal con actividad farmacológica y su posterior comercialización.
La iniciativa también contempla la creación del “Programa de Acceso al Cannabis de Entre Ríos”, que será el marco para la generación y el diseño de las políticas públicas que se implementen para desarrollar e implementar acciones de promoción y prevención dirigidas a los usuarios de cannabis y sus derivados con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos del dolor”.
También apunta a “generar, facilitar y garantizar a usuarios medicinales y cultivadores el acceso a información y capacitaciones sobre buenas prácticas de cultivo y extracción del cannabis con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos del dolor”.
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