También ampliaron la circulación hasta las 3.30 de la mañana.
En virtud de lo dispuesto recientemente por la Resolución N°2258 del 9 de septiembre del Ministerio de la Producción de la Provincia de Entre Ríos, el horario de las actividades gastronómicas, salones de eventos o similares y de salas de entretenimientos -dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes- podrá ser hasta las 3.
En virtud de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto N°2470 que revoca el artículo 2° del Decreto Provincial N°2141, y estando vigente la adhesión del municipio en todos sus términos a través del decreto N°26.987, las reglamentaciones para Concepción del Uruguay en materia de horarios comerciales son las siguientes:
1) Se restringe la circulación de personas entre las 3.30 y las 6.
2) El horario de los comercios en general es hasta las 21, dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes, pudiendo continuar hasta las 1.30 sólo los locales Kioscos, Maxi Kioscos, "24 HS" y despensas.
3) No tienen limitaciones horarias los servicios declarados esenciales como Farmacias, Estaciones de Servicio y Emergencias Veterinarias.
4) Las "amenizaciones musicales/sin baile" (respecto de las actividades artísticas y culturales con espectadores al aire libre o espacios semi cerrados, que posean aireación suficiente con integración de espacios abiertos aledaños y ventilación natural necesaria para la renovación de aire) podrán realizarse sólo los días jueves, viernes, sábados y domingos, teniendo como límite hasta el horario de cierre de los comercios gastronómicos, siendo el mismo a las 3 y con un aforo del 70% del espacio de ocupación disponible y habilitado para funcionar comercialmente.
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