El STJ declaró inadmisible la vía del amparo para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución.
En el día de hoy, miércoles 9 de febrero, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ), integrado por los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio, Juan Ramón Smaldone, Bernardo Salduna y Gustavo Pimentel, mediante una votación unánime en la que intervinieron los tres primeros, revocó la sentencia dictada el 25 de enero pasado, por la jueza de feria, Elena Albornoz.
El STJ declaró inadmisible la vía del amparo para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Honorable Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución.
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