El Gobierno nacional publicó este martes en el Boletín Oficial el decreto a partir del cual aceptó la renuncia del embajador Sergio Urribarri, como representante del país en Israel y Chipre.
Notas relacionadas:
Los fundamentos completos de la sentencia que condenó a Urribarri
Confirmaron la renuncia de Urribarri a la embajada de Israel
Las ocho causas judiciales por las que Urribarri no debería ser embajador en ningún lado
La diputada Gaillard, que además es sobrina de Urribarri, una de las pocas en salir a defenderlo
A través de las redes sociales Urribarri cuestionó la sentencia condenatoria
Urribarri se resiste a dejar la Embajada de Israel
La disposición tiene fecha de este lunes pero fue publicada hoy en el Boletín Oficial de la Nación.
El exgobernador entrerriano puso a disposición su renuncia como embajador el 7 de abril pasado, tras ser condenado a 8 años de prisión por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la administración pública.
Desde entonces, el Gobierno nacional a través del canciller Santiago Cafiero comunicó que aceptó la renuncia públicamente, pero el presidente de la Nación Alberto Fernández nunca formalizó el trámite. En concreto y según se dijo en medios de alcance nacional la semana pasada, se debía firmar el decreto y mandarlo a publicar. Pero eso nunca ocurrió.
La semana pasada se conoció que Urribarri participó como representante del país en un acto por el 25 de Mayo, en Israel. La noticia generó un revuelo a nivel nacional, en medio de la polémica por la destitución de la procuradora adjunta y fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche. Hubo pedidos de informes legislativos al Gobierno para saber qué pasó.
Finalmente, este martes se publicó el decreto. A continuación, se transcribe ítegramente la dispoción:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 287/2022
DCTO-2022-287-APN-PTE - Trasládase funcionario.
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-38329116-APN-DGRRHH#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, el Decreto N° 438 del 6 de mayo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 438/20 se nombró en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO funcionario de la categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor Sergio Daniel URRIBARRI, de conformidad con lo establecido por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación, y se lo designó como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el ESTADO DE ISRAEL.
Que por las presentes actuaciones tramita la renuncia del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Sergio Daniel URRIBARRI al cargo antes citado.
Que, en consecuencia, resulta necesario disponer el traslado a la República del mencionado funcionario.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Trasládase desde la Embajada de la República ante el ESTADO DE ISRAEL al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Sergio Daniel URRIBARRI (D.N.I. N° 12.432.065).
ARTÍCULO 2º.- Acéptase la renuncia al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el ESTADO DE ISRAEL presentada por el señor Sergio Daniel URRIBARRI, a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
e. 31/05/2022 N° 39304/22 v. 31/05/2022
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/263481/20220531
Esta nota es posible gracias al aporte de nuestros lectoresSumate a la comunidad El Miércoles mediante un aporte económico mensual para que podamos seguir haciendo periodismo libre, cooperativo, sin condicionantes y autogestivo. |