Los horarios de acuerdo a los rubros. El máximo es de 8 a 20. Durante este martes se conocerá el decreto reglamentario.
Desde el Ejecutivo Provincial —mediante el Decreto N° 624— se decidió la autorización de actividades comerciales, servicios y oficios.
Luego del anuncio oficial, representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, el Centro Comercial, Industrial y de la Producción, Sindicato de Empleados de Comercio y Fiscalía Federal mantuvieron una reunión para coordinar los pasos a seguir en la ciudad.
De acuerdo a la norma dictada por el Gobernador, (ver "no se permitirá la salida de esparcimiento...") cada municipio deberá realizar las habilitaciones y adaptarlas a un protocolo de seguridad sanitaria, siempre apelando a la responsabilidad de cada ciudadano y de cada propietario del comercio autorizado. Por tal motivo, en el transcurso del día martes se estará dando a conocer el Decreto reglamentario correspondiente.
“En una tarea colectiva, luego de más de 45 días, Concepción del Uruguay se mantuvo sin ningún caso positivo de coronavirus. Tener más comercios habilitados aumentará la circulación de personas y esto, sin dudas, incrementará el riesgo de contagios. Desde el municipio se escuchó, atendió y abordó a todos y a cada uno de los pedidos de los vecinos” indicaron desde Prensa de la Municipalidad local.
Y luego ampliaron “se requiere ahora de esa misma recíproca responsabilidad aclarando que, en caso de verificarse alguna situación epidemiológica que lo amerite, serán suspendidas estas habilitaciones.”
“En tal sentido se informa que, continuando en misma línea respecto a la apertura y cierre de la actividad comercial estipulado en el marco de la pandemia —esto es: de 8 a 20, como máximo—, se establece que, con el debido protocolo de seguridad sanitaria aprobado y cuidando responsablemente la distancia social y cantidad de personas en los locales:
- Los comercios minoristas con venta de mercadería ya elaborada podrán abrir sus puertas al público en el horario de 16 a 20.
- Los servicios se dividirán entre domésticos y generales:
- a) Domésticos de 8 a 12.
- b) Generales de 16 a 20.
- Los oficios serán divididos en dos franjas horarias, de acuerdo a sus especificidades, a saber:
- a) Oficios de mantenimiento de 8 a 13.
- b) Oficios de cuidado personal de 16 a 20.
“Más allá de los controles que se establezcan, se apela a la responsabilidad de todos. Por tal motivo de acuerdo a la evolución de los acontecimientos esta disposición podrá ser modificada” indicaron.
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