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Amarras: En Gualeguaychú piden que se cumpla con la resolución de la Justicia de hace tres años

Tras conseguir hace tres años un fallo favorable de la misma Corte Suprema de la Nación, quienes se oponen a la construcción de un barrio náutico en Gualeguaychú denominado "Amarras", ahora denuncian que a tres años de esa resolución nacional y provincial no se avanzó en su desmantelamiento, mientras desde el Municipio de Gualeguaychú y la Procuración General avanzan al revés de las disposición judiciales.

 

La nota que se emite a continuación fue elaborada por el abogado Julio Majul, quien inició el proceso de demanda contra la empresa Altos de Unzué, responsable del emprendimiento del barrio náutico que traerá consecuencias ambientales.

En la misiva, que cuenta con la adhesión de quince entidades sociales, políticas y ambientalistas, se relata paso a paso los logros judiciales y sus retrocesos.

 

ANTE UN DICTAMEN INCOMPRENSIBLE

Sabido es que el Poder Judicial radicado en Paraná no tuvo nunca buena recepción al planteo del proceso “Majul c/Municipalidad de P. Belgrano y otros s/Amparo ambiental”.

Tuvo que intervenir la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que el 11/7/19 se frenara el proyecto ilegal, evaluando que por las “circunstancias de hecho acreditadas” ya había “alteración negativa del medio ambiente”. A raíz de ello, el Superior Tribunal provincial, el 15/12/19, considero que lo que correspondía era “volver las cosas a su estado anterior” como “única solución posible al caso concreto”.

Ante la desidia de la Secretaría de Ambiente provincial, prosiguieron las actuaciones judiciales en el Juzgado de origen, en Gualeguaychú, donde el Juez Mudrovici determinó multas para los demandados, mientras siguieran sin cumplir las sentencias, de la Corte nacional y del Superior provincial.

Los demandados públicos (Secretaría y Municipalidad) apelaron la sentencia del Juez local, y ahora vemos que la Procuración General ha postulado, mediante considerandos ajenos al tema, a la realidad y al derecho aplicable, que las sanciones impuestas a la Secretaría de Ambiente, a la Municipalidad de Pueblo Belgrano y a la empresa Altos de Unzué debieran ser anuladas por el Superior Tribunal.

La Procuración General llega al absurdo de imputar al actor de retardar el cumplimiento de las sentencias.

En este marco, expresamos nuestro asombro y rechazo a tales opiniones, que postergan el cumplimiento de mandatos judiciales emitidos hace ya tres años, y que aún ni siquiera han tenido comienzo de ejecución.

Exhortamos al Superior Tribunal a desoír la incomprensión por parte de la Procuración y exigir el cumplimiento de su propia sentencia de 2019.

 

 

 

 

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