Hace cuatro años en el Concejo Deliberante se había presentado un proyecto pretendía regular el uso de pirotecnia y bombas de estruendo en la ciudad, pero fue cajoneado en la Comisión de Salud y Ambiente. Con el cambio de Gobierno lo reimpulsaron y este jueves lo aprobaron.
El problema de los ruidos molestos ocasionado por la pirotecnia es de larga data. En el 2012 la entonces concejala Verónica Magni presentó un proyecto que pretendía regularlo, pero no tuvo respaldo de sus pares que siquiera lo trataron al proyecto. por lo que quedó sin efecto y perdió estado parlamentario.
AHORA SI LO APROBARON
Los nuevos concejales empezaron a desempolvar viejos proyectos presentados, introducirles algunas modificaciones y reimpulsarlos. Con las fuerzas representativas más equilibradas que en la etapa anterior, este tipo de iniciativas tienen mayores posibilidades de ser tratadas y aprobadas.
En la sesión pasada, el Concejo Deliberante aprobó el despacho saliente de la comisión de Comercio, que tiene por objetivo darle un marco de ordenamiento a la comercialización y uso de artículos de pirotecnia.
Tal proyecto de Ordenanza fue presentado por los concejales del bloque del Partido Justicialista (FpV) y considera que, tanto para los fuegos artificiales como para los globos aerostáticos, es necesario regular su utilización con fines preventivos por daños que puedan causar a la propiedad y la salud humana y animal.
Asimismo, se tiene en cuenta que las lesiones por trauma acústico son consideradas irreversibles. Que estudios revelan que la explosión cercana de un elemento de pirotecnia, provoca un ruido que supera ampliamente los 90 decibeles, que es el límite aceptable en materia de salud sonora.
La Ordenanza establece que no se permitirá en el ámbito de la ciudad la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora que excedan los 65 decibeles, como así también la fabricación, venta y manipulación de globos aerostáticos.
Quedará prohibida la venta de artículos de pirotecnia sonora a menores de 16 años y quedan excluidos de la Ordenanza los artificios pirotécnicos lumínicos, como cañas voladoras, estrellas, juegos de luces sin sonido, y otros productos que no superen una emisión sonora de 65 decibeles a 20 metros de distancia desde su lanzamiento.
El Municipio realizará anualmente un operativo de control especial entre el 1 de diciembre y el 31 de marzo de cada año. Se solicitará, además, que se exhiba documentación de compra de tales mercaderías pirotécnicas que haya efectuado el titular de la actividad comercial.
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