Los abogados José Velázquez e Ignacio Esteban Díaz, refutaron la incorporación de la evidencia digital como prueba en la remisión de la causa coimas. Las partes retomaron la audiencia este lunes. Se trata de una etapa intermedia en el legajo que investiga presuntas negociaciones incompatibles y cohecho.
N.B. de ANÁLISIS
Están imputados el exgobernador Sergio Urribarri; el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros; los exfuncionarios políticos Carlos Haidar, Luis Erbes, José Humberto Flores, el exministro de Trabajo Guillermo Smaldone, y el actual director de Ajustes y Liquidaciones, Miguel Ulrich.
Después de que los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro solicitaran que se sume como prueba la evidencia digital secuestrada en los allanamientos de 2018, realizados sobre las oficinas de Relevamientos Catastrales en provincia de Buenos Aires, los abogados defensores piden que se rechace. Cuestionan el levantamiento y secuestro de la misma, la cadena de custodia y los informes realizados sobre los datos digitales. Además, reclaman que se deseche todo lo derivado de esos procedimientos, es decir, las testimoniales que acreditan allanamientos e informes sobre elementos y el contenido.
La etapa de remisión a juico de la causa comenzó hace alrededor de un año. Se trata de una de las causas por corrupción más frondosas y complejas. El exmandatario provincial ya fue condenado a 8 años en el “megajuicio” junto a su cuñado Juan Pablo Aguilera y junto al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, entre otras personas, por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y fraude. En este legajo, Urribarri es juzgado junto al empresario paraguayo y exfuncionarios públicos por la contratación de servicios y productos para la administración de Gobierno que supusieron, según consideran en el Ministerio Público Fiscal, “sobreprecios” y “retornos”.
Antes de llegar a la remisión a juicio, otras personas que estuvieron imputadas en el mismo legajo, obtuvieron suspensiones de juicio a prueba. Tal es el caso de los empleados jerárquicos de Relevamientos Catastrales Alfonso Campitelli, Miriam Fessia, Jorge Zanabone, y Guillermo Linares. Los fiscales pidieron que sean citados para el juicio oral y presten testimonio. Pero los abogados defensores de Cardona Herreros rechazan esa posibilidad. Este lunes reclamaron que ellos y otros empleados de Relevamientos Catastrales no sean llamados a declarar en el juicio.
Desde el miércoles pasado, los letrados defensores están solicitándole al juez de Garantías de la causa, Julián Vergara, que desista del pedido de los fiscales para que se remita la mayor parte de la evidencia al futuro juicio oral. Así ya lo reclamaron los abogados Franco Azziani Cánepa y Andrés Bacigalupo (en representación de Erbes); Leopoldo Lambruschini (defensor de Flores); Sebastián Ludi y Gaspar Reca (en representación de Ulrich); José Velázquez e Ignacio Esteban Díaz (en representación de Cardona Herreros). Al equipo de abogados lo completa Juan Antonio Méndez (por Haidar); Smaldone en representación de sí mismo; y Miguel Cullen por el exgobernador Sergio Urribarri.
“No se cumplió con procedimientos y se violó la intangibilidad”
José Velázquez, codefensor de Cardona Herreros, se opuso a la incorporación de la prueba digital y derivados. “Entendemos que no se cumplió con procedimiento y se vulneró intangibilidad”, dijo. Cuestionó la etapa del levantamiento y recolección de evidencias digitales, y la extracción, el análisis de las mismas y el procedimiento de custodia. “Cuando llega un elemento secuestrado, se notifica a las defensas que se realizará extracción porque se trabajará sobre la copia imagen. Esa extracción es un trabajo mecánico. No se requiere incumbencia específica. Pero cuando se tiene la copia, sobre esa copia se realiza la pericia. Acá no hay pericia, hay extracción”, apuntó. Velázquez se centró en los allanamientos que se hicieron en las oficinas de Los Polvorines, provincia de Buenos Aires, en 2018. “Tenemos testigos de esos allanamientos que vieron el secuestro de una sola computadora pero después, en el acta, figura el secuestro de dos computadoras. ¿Son dos o una? Cuando se traen a Paraná las dos computadoras, no se resguarda la cadena de custodia. Estamos impedidos de reconocer la autenticidad ¿qué garantía tenemos?”, preguntó.
De ese modo, los defensores insistieron con hipótesis conspirativas sobre la prueba que sostiene la acusación pública. Al igual que lo hicieron en el “megajuicio por corrupción”, cuando dijeron e insistieron con la supuesta introducción de modo ilegal de un disco rígido que contenía casi toda la evidencia de los delitos acusados, y fue comparado con la “caja negra” de un avión. En este otro legajo no hay disco rígido pero sí los abogados cuestionan la legalidad de los procedimientos desarrollado en el levantamiento, secuestro y análisis de evidencia digital, y con eso buscan derribar de raíz la acusación del Ministerio Público Fiscal (MPF).
Velázquez descartó, además, las imágenes de un celular de Cardona Herreros. Dijo que no son verdaderas. “Nunca se secuestró un celular. Pero en el informe técnico se extrajo una nota realizada por Cardona Herreros de su teléfono ¿qué teléfono? Si a Cardona no le secuestraron ningún celular, sólo se lo retuvieron en allanamiento y luego se lo devolvieron. Todo esto ocurrió porque no se respetó la cadena de custodia”, sumó.
“El MPF tiene que demostrar autenticidad de toda esa evidencia. Pero no que digan que sus empleados no andarán incorporando cosas que no son. Porque la verdad es que no lo sabemos”.
Incumbencias profesionales
El abogado Esteban Díaz, codefensor de Cardona Herreros, se ocupó de atacar las “incumbencias profesionales” de dos empleados del Ministerio Público Fiscal que son bioingenieros y se ocuparon de realizar las copias forenses de los elementos digitales, sobre las cuales se trabajó posteriormente. Exactamente el mismo cuestionamiento que en el “megajuicio por corrupción”.
“Los bioingenieros no tienen incumbencia profesional para realizar estas pericias. La incumbencia la tienen los ingenieros en informática o sistemas. Los bioingenieros sólo tienen incumbencia sobre la vida”, aseguró y retomó así uno de sus argumentos defensivos más fuertes. Díaz recordó que en la sentencia por el “megajucio” les dijeron que los bioingenieros fueron aceptados por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) como empleados para realizar las copias foresnes de los elementos secuestrados para el MPF. “Pero qué nos importa, si el STJ no puede decir nada sobre incumbencias profesionales”, contestó.
“Este legajo se diferencia enormemente de la ‘megacausa’. ¿En qué aspecto? En aquella causa, se nos dijo que hicimos un acuerdo probatorio y aceptamos la evidencia digital. Acá no hicimos un acuerdo probatorio. No pueden aducir eso. Este caso es diferente”, desafió.
Díaz también cuestionó la incorporación de informes telefónicos. Y se opuso a testimoniales vinculadas a esos informes. Dijo que se realizaron “sin autorización judicial”. “Con una resolución quisieron sanear todos los informes pedidos previamente”, apuntó y señaló “cruces telefónicos”.
Por último se refirió a los “PLM”. Según los fiscales, con esa sigla se registraron las coimas pagadas a funcionarios políticos y empresariales después de los contratos con el Estado entrerriano. “Mi defendido explicó de dónde venían. Pero el Ministerio Público no produjo prueba en este sentido, una pericia legal, una prueba como la gente. Se hubiera podido obtener la corroboración de la distribución de PLM. Pero se violaron principios constitucionales”, cerró.
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