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El nuevo proyecto de reforma política no incluye la paridad de género en la lista

El proyecto de reforma electoral que ingresó ayer al Senado de la provincia no incorpora en su articulado la paridad de género 50/50 en la composición de las listas, que se sí figuraba en el modelo de Código Electoral (o “ley larga”) que había enviado el Poder Ejecutivo en abril a la Cámara Alta. Se mantendría así el 25 por ciento que fija la legislación vigente.

La “ley corta” que ingresaron ayer senadores del justicialismo gira en torno a dos ejes: la posibilidad de que el Gobernador tenga la potestad de fijar la fecha de las elecciones y la integración de las minorías que alcancen al menos un 15% de los votos en las primarias, mediante la aplicación del sistema D`Hont.

Pero deja vigente el actual régimen de equidad de género contenido en la ley 10.012 que establece: “Toda lista de candidatos a cargos electivos provinciales y comunales presentada para su oficialización por un partido político o alianza política habilitado por la Justicia Electoral, deberá contener un veinticinco por ciento (25%) de candidatos, como garantía mínima, por sexo”, publicó APF.

En 2016, un proyecto transversal presentado por las diputadas mujeres Romero Rosario; Emilce Pross; Leticia Angerosa; María Del Carmen Toller; Miriam Lambert; Ayelén Acosta; Gabriela Lena y María Alejandra Viola preveía una integración 50/50. Pero no prosperó.

En abril de este año, el proyecto de Código Electoral o “ley larga”, también elaborado por Romero pero ahora como Ministra de Gobierno, establecía el mismo principio, pero con una redacción más detallada: “Las listas de todas las agrupaciones políticas que presenten precandidatos a Diputados o convencionales, deben conformarse con precandidatos de diferente género de forma intercalada, desde el primer precandidato hasta el último suplente, de modo tal que no haya dos (2) candidatos del mismo género en forma consecutiva”.

Al presentar el proyecto, que fue enviado al Senado pero que quedó trabado sin tratamiento a pesar de las audiencias y del debate en comisión, Romero sentenció que la iniciativa del Ejecutivo establecía la paridad de género “procurando el igual acceso de hombres y mujeres a los espacios legislativos".

La igualdad de representación por género sí está establecida para los Concejos Deliberantes locales, ya que la fija la norma provincial 10.027 (ley orgánica de municipios).

 

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