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Fijaron una nueva audiencia en la causa de la ministra Velázquez contra Allende

En los Tribunales de Paraná volverá a realizarse una audiencia en el marco de la causa por amenazas en contexto de violencia de género que inició la ministra de Salud, Sonia Velázquez, contra el líder de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), José Ángel Allende.

El dirigente gremial y exdiputado fue sobreseído el 14 de junio por el juez de Garantías de Paraná, Mauricio Mayer, quien consideró prescripta la acción penal. Esa resolución fue apelada por la ministra ante el juez de juicio Alejandro Diego Grippo, quien en agosto confirmó la resolución de Mayer.

La funcionaria de la cartera sanitaria, a través de su abogada Fernanda Vásquez Pinasco, presentó un nuevo recurso ante la Cámara de Casación Penal de Paraná. Para tratar la apelación, se fijó que el jueves 17 de noviembre a las 11.30, se lleve adelante la audiencia, supo Entre Ríos Ahora.

Velázquez cuestiona la resolución de Mayer y de Grippo. Particularmente, plantea que no se tenga en cuenta el tiempo transcurrido durante el fracaso de dos juicios abreviados, uno en 2020 y otro en 2021. El juez Grippo, en tanto, confirmó el sobreseimiento de primera instancia, y tuvo en cuenta la nueva calificación del delito que se le imputó a Allende, «amenazas simples», que tiene un plazo de prescripción de 2 años. Es decir, después de superado ese tiempo, opera la extinción de la acción penal.

Al respecto, dijo: “Cabe señalar que si bien el Dr. Mayer en aquella resolución del 13 de abril de 2022 declaró que la correcta calificación legal del hecho era la de amenazas simples en ‘contexto de violencia contra la mujer’, el legislador nacional no ha previsto el contexto de violencia contra la mujer como agravante de la figura de amenazas, ni tampoco como una agravante genérica”. En ese orden de ideas, agregó que “no cabe duda alguna que conforme al cuadro normativo previsto en el Código Penal, las amenazas simples prescriben a los dos años”.

El magistrado estableció que la causa se inició el 10 de diciembre de 2019, cuando Allende dejó de ser diputado provincial y, por ende, perdió los fueros legislativos. A ese respecto, compartió el criterio del juez Mayer respecto a que “entiendo que corresponde empezar a computar el plazo de prescripción de la acción penal desde el día del cese de las funciones legislativas provinciales de Allende, es decir desde el día 10 de diciembre de 2019”.

“Teniendo en cuenta lo expuesto en relación al momento del comienzo del cómputo del plazo de prescripción de la acción penal, el mismo culminó el día 10 de diciembre de 2021, por lo que el requerimiento acusatorio de remisión a juicio, conforme la normativa actual, se llevó a cabo por parte del representante del Ministerio Público Fiscal una vez fenecido el mismo”, completó.

 

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