Estas son dos historias reales que no tienen nada en común. Sus particularidades, los contextos en los cuales se desarrollan, las protagonistas, los tiempos y los dolores que generan son completamente distintos. Pero a la vez están unidas por una cuerda invisibilizada a fuerza de rutina, de habitualidad: la violencia de género. La historia de Lina, una mamá a la que le impiden el vínculo con su hija desde hace años; y la historia de Eliana, una mamá que cuenta cómo la tironearon en medio de una cesárea para sacar a su bebé.
(*) Por NATALIA BUIATTI de REVISTA ANÁLISIS
En ámbitos del derecho internacional
A mediados de diciembre del 2020, la revista ANÁLISIS contó en un extenso informe cómo habían dañado el vínculo materno afectivo entre una madre y una hija de Concepción del Uruguay. La pieza adelantaba en el título lo que se desarrolló posteriormente con detalles: “La historia de Lina y Emilia: violencia de género y vínculo materno dañado”.
Se relató en esa oportunidad que Lina quedó embarazada en un contexto de violencia de género, donde el padre de la niña y su familia -los abuelos paternos-, tuvieron un rol decisivo a la hora de romper el lazo entre ambas mujeres. Se dijo también que la familia paterna no hubiese podido lograr ese cometido sin la complicidad -por acción u omisión- del Estado entrerriano, particularmente de la institución de la justicia. Hasta esa fecha, distintos estamentos del Poder Judicial provincial habían ordenado 11 veces al padre de Emilia que deje de retenerla y la restituya al ámbito materno filial. También se le advirtió la conveniencia de llegar a un acuerdo pacífico con Lina, que priorice el interés superior de la niña. Es decir, un convenio que madre y padre puedan respetar, en el cual se ponga por encima el derecho de Emilia a un desarrollo sano, libre de violencias y que garantice su bienestar. Pese a todo, Lina y Emilia siguen sin poder abrazarse.
El apoderado de la mujer, el abogado Gregorio Garro de Concepción del Uruguay, denunció el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Fue en enero pasado. El organismo internacional lo admitió, y con esa decisión pidió al letrado material y que incorpore un requerimiento de medida cautelar. Para decirlo de otro modo, la Comisión Interamericana que lleva los casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), aceptó la denuncia de Lina contra el Estado argentino por impedirle el derecho a su hija de crecer junto a su mamá, y a ella de maternar. También requirió mayor información, y que se sume una solicitud contra el Estado argentino para que, inmediatamente, arbitre los medios para lograr la revinculación, restablecer el pleno ejercicio del derecho de familia y la salud psicológica de la niña, entre otros derechos.
“Denunciamos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que se promueva una acción contra el Estado argentino por impedir el vínculo filial materno entre una madre y una hija. Porque en la República Argentina se está violando el derecho humano de una madre y su hija. No se denuncia al Poder Judicial, ni al papá, ni al abuelo de la nena, se denuncia al Estado”, subrayó el letrado en diálogo con ANÁLISIS.
“En la causa por el asesinato de Flavia Schiavo todo este trámite ya terminó, porque la Comisión analizó todos los antecedentes y considera que es un caso para llevar a la Corte”, comparó de inmediato y observó que “después habrá un juicio en el que participará la Comisión por un lado, nosotros como querellantes, y el Estado argentino por otro lado, ante la Corte”.
Una audiencia de muestra
Atento al pedido, Garro envió papeleta y archivos de video por internet a Whashintong. Pero como algunos materiales no llegaron, debió remitir todo en soportes digitales mediante correo postal. En todo ese cúmulo de información hay una audiencia clave, una instancia desarrollada en tribunales uruguayenses en 2015 que, según remarcó el abogado, sintetiza en casi una hora la violencia sistemática a la que es sometida la madre y la hija por parte de la familia paterna, una violencia que también dispara esquirlas entre funcionarias y funcionarios judiciales.
Este medio accedió a la grabación de esa audiencia, entre otros documentos de un extensísimo capítulo judicial que no ha dejado de reproducirse, sin lograr la revinculación de la madre y su hija. La instancia fue el 9 de marzo de 2015, concedida a la defensora oficial Alejandrina Herrero. La representante del Ministerio de la Defensa pidió el sobreseimiento de Lina, dado que el padre de Emilia la había denunciado por lesiones leves. Esta, una denuncia más, enredada en una maraña de cruces judiciales y expedientes que diluyen el más común de los sentidos: garantizar a la niña el vínculo sano con su madre y su padre.
Del encuentro participaron el padre y el abuelo de la nena, Bernabé y Ernesto Doglioli, ambos abogados querellantes; la fiscal auxiliar María Occhi.
Alegato defensivo
Herrero contó que a su defendida “se le atribuyen lesiones leves ocurridas el 13 de agosto de 2014 a las 11.45, cuando se presentó en el domicilio de su ex pareja y previo a mantener una discusión le provocó golpes en el cuerpo”. “Fundamento esta petición porque no surge evidencia de que ella tuvo intenciones de lesionar a su ex pareja. Fue al domicilio de los padres de él para que le restituyeran a su hija, al haberla retirado de la escuela sin autorización como lo hacía con asiduidad. Surgiendo de las causas penales y civiles, donde hay una Cámara Gesell videograbada, en la que se registra un informe el psicológico que señala una posible psicopatía de Bernabé Doglioli que generaría violencia desde lo vincular. Observándose en las filmaciones una personalidad irritante del denunciante, incitando constantemente a la violencia como forma de actuar. Habiendo provocado con ello el accionar de mi defendida. El delito que se le imputa a mi defendida es un ingrediente más en el enorme ámbito de la causa familiar. Considerando que la violencia del denunciante es funcional al vínculo, por eso el delito que se le achaca nunca puede constituir un hecho. Para esta defensa, falta el elemento subjetivo del dolo. La jurisprudencia ha dicho que si hay agresión de ambas parte y no puede probarse quien la inició, corresponde el sobreseimiento del denunciado”, dijo la defensora.
Después se refirió a los distintos trámites realizados ante fiscalías y juzgados de Familia. “El 25 de agosto de 2014, Doglioli radicó una nueva denuncia contra la mujer. En la que queda como víctima la niña, la hija de ambos”, marcó Herrero. Pese a las advertencias del juez, la defensora fue interrumpida en distintas oportunidades por los dos abogados denunciantes, dado que estaba pronunciando mal el nombre de la niña.
“El 29 de agosto de 2014 volvió a denunciar a Lina por el mismo tema, y después vuelve a presentar dos escritos más denunciando a la madre de su hija. Además de los escritos en juzgados. Todos fueron archivados por falta de evidencia”. Es que la niña se negó a prestar declaración en Cámara Gesell sobre las denuncias del padre contra la madre.
A pesar de la cantidad de reveses judiciales, Doglioli insiste en la revisión de las decisiones judiciales. “Luego de este primer intento de recepción de declaración testimonial -de la niña-, se contraindica con vehemencia otros intentos de testimoniales de la menor, basándose en que fue evaluada en numerosas oportunidades y expuesta en fotos y videos de manera excesiva. Considera que no es la justicia penal la que ofrecerá una resolución a este conflicto, sino un proceso terapéutico que garantice la participación de miembros de la red de la niña, en el cual no pueden faltar los progenitores”.
Ese fue uno de los tantos tramos de sentencias leídas por la defensora, en el marco de los reveses judiciales que consiguió Doglioli denunciando a la madre de su hija.
En la audiencia, Herrero mencionó expediente por expediente que se tramitan en el juzgado de Familia. Cabe recordar que en 2015 la actividad judicial en esa causa tenía menor volumen que el actual.
“Los tiempos dedicados por profesionales y vocales y magistrados intervinientes no deben caer en saco roto. Tanto jueces y representantes de ministerios y profesionales de equipos técnicos deben evaluar muchas veces historias fantásticas, rodeadas de expedientes donde se pierde la verdad en las circunstancias que lo rodean. El uso malicioso de acciones en Derecho de Familia termina siendo un campo fértil donde germinan estrategias de eliminación vincular mediante denuncias sin prueba que en el dolor ajeno desacreditan jurídica y socialmente a un padre o madre, ante los ojos de los propios hijos, buscando intervenciones judiciales para lograr la obstrucción con un marco legal, medios que generan equivocadas nociones de lealtad en los hijos, el entorno y los juzgados que tienen la obligación de evaluar y resolver en prevención”, leyó la defensora, de uno de los numerosos informes que obran en las causas.
“Mi defendida ha sufrido una gran presión desde el día que nació la niña. Él no obedece orden judicial alguna, no respeta los acuerdos de visitas, la tenencia es de la madre. Como no está de acuerdo con los profesionales de equipos técnicos, los critica, y lo mismo con funcionarios judiciales”, alegó. “Se pregunta esta defensora cómo puede reaccionar una mujer a quien tratan constantemente de ebria, psicópata y a quien hostigan con denuncias judiciales. Ella ha tenido consecuencias gravísimas en su salud. En reiteradas oportunidades fue agredida física y verbalmente. La filman con el celular. La hostigan”, manifestó e invocó distintas legislaciones internacionales a las que adhiere el país que amparan los derechos de las mujeres.
La refutación de los querellantes
La alegación de la defensora fue respondida por el padre de Bernabé Doglioli.
–Doctor, disculpe la grosera desnaturalización de esta audiencia que se transformó en una revisión o alegato en materia civil –comenzó.
–No se va a permitir la adjetivación, lo que hace la señora defensora es…
–Listo, listo, listo, cambio el adjetivo, cambio el adjetivo.
–Déjeme terminar de hablar. Ella lo que hace es un alegato y expresa sus fundamentos en cuestiones concretas ha referido hasta números de expedientes. Así que en alegato de querella voy a pedir que no se adjetivice y se refute civilizadamente. Si no, vamos a pasar a un cuarto intermedio y se suspenderá la audiencia hasta que podamos referirnos con cordialidad – respondió el juez.
–Visto lo inaudito del alegato de la…
El juez volvió a llamarle la atención lo que provocó la pregunta del añoso abogado: “¿Tampoco inaudito?”. Lo acompañó el gesto de su hijo sentado a su lado, que hizo ademanes con las manos, afirmando la interrogación del padre. “Nunca escuchado, significa nunca escuchado inaudito”.
–No quiero que esto se transforme en un… – alcanzó a decir el magistrado antes que vuelvan a interrumpirlo.
–Doctor, en todos los expedientes que mencionó la defensora intervine yo personalmente, los conozco a fondo. Intervine yendo a recabar calificaciones psiquiátricas de primer nivel, que dieron calificaciones lapidarias sobre estructura psíquica de esta señora que es presentada aquí como Heidi en el país de las maravillas. Entrevistamos a los mejores profesionales de la UBA. Dictaminaron que se trata de una psicópata, una mujer psicópata, que es una persona malvada, insensible, fría y de naturaleza peligrosa, narcisista grave, histérica. Lo cual la coloca a un paso de la calificación de psicópata – sintetizó Ernesto Doglioli.
Se refirió después a los mismos expedientes que la defensora. “La herramienta predilecta de las mujeres de clase media y alta es la de realizar falsas denuncias penales que nunca son castigadas y que las colocan en una mejor posición en los fueros civiles donde se tramitan las causas de familia. Esta mujer que es un ángel, hizo cinco denuncias penales antes que empezara todo esto. Después del único año de convivencia que tuvieron, cuando la nena tuvo un año mi hijo se tuvo que retirar de esa casa porque la vida era insoportable a su lado”, alegó.
Dijo que “hay una cantidad de prueba, una parva que desmienten todos y cada uno de los puntos que la defensora alegó”. “Como bien dicen que un político no resiste un archivo, esta mujer no resiste un documento. Toda la prueba está en su contra. Además de ese tipo de acusaciones, en esa acción de alejamiento del hogar que fue cumplido religiosamente porque mi hijo no tiene ganas de acercarse pero sí iba todos los días porque lo había asumido como compromiso”. Relató que una de las disputas fue porque la familia paterna inscribió a la niña en la Escuela Normal, en un curso de “primera línea donde enseñan inglés” y la madre quería inscribirla en una escuela “de muy bajo nivel intelectual”. “Deben investigar las causas para saber por qué la madre es una incapaz total para el maternaje”, pidió. “Las características intelectuales altísimas de la nena no se originan precisamente por la educación de la madre que falsamente se atribuye haber estudiado estudios cursados que no cursó ni es docente. Lo único que hizo malamente fue un secundario nocturno”, agredió. El maltrato verbal contra la mujer, continuó como una catarata de adjetivos violentos que no revisten valor suficiente para ser reproducidos. Se habló de ella hasta de cómo era su vida sexual.
“La ley de violencia de género es vergonzosa. Inconstitucional, arbitraria, que genera ciudadanos de primera y segunda categoría, que ha provocado el efecto contrario que existía en este país, pretendiendo igualar y erigir a los hombres en una especie de ciudadanos de segunda categoría que son culpables hasta tanto demuestren lo contrario y negándoles todo derecho de defensa”, aseguró casi sobre el final de su alegato.
El broche que corona el final del alegato consistió, por parte de Ernesto Doglioli, en hacer un pedido puntual al juez.
–Disculpe señor juez, en caso que usted defina en favor de las dos señoras ¿las puedo abofetear? –bromeó.
Los expedientes que mencionó la defensora en la audiencia
- El expediente iniciado el 22 de octubre de 2009. Doglioli inició trámite de régimen de visitas habiendo llegado a un acuerdo en mediación. “Transcurrieron muchos problemas entre ellos que decantaron en muchas causas en el Juzgado de Familia hasta el último escrito, el 3 de diciembre de 2014, cuando el doctor Garro solicitó la acumulación de las causas y una audiencia para tratar el régimen de visitas, alimentos y demás, atendiendo el superior interés de la niña. Dado que el padre no reconoce límites ni autoridad alguna, con lo cual la mamá se vio imposibilitada de vínculo con su hija ya que el padre y los abuelos paternos se comunican constantemente por teléfono. A esa fecha, el denunciante tenía suspendido régimen comunicacional desde el 7 de octubre de 2014, y que antes hubo una audiencia en la que se le advirtió al padre que deje de retener a la niña y respete los días y horarios dispuestos en el acuerdo de mediación”.
- Otro de los expedientes, iniciado por la madre contra el padre, el 12 de abril de 2010. Se propuso que diriman los conflictos de manera pacífica, que se priorice el interés superior del niño.
- Una tercera causa iniciada por el padre contra la madre. Se aclara que hay una medida cautelar resuelta el 7 de noviembre de 2013. Fecha desde la cual se viene ordenando al progenitor de la niña la restitución a su madre. Esa orden fue apelada por él mismo, lo que originó un legajo especial para dirimir cuestiones y posterior elevación a la Sala Civil y Comercial. Se advierte a Doglioli que ajuste su conducta procesal a los valores de lealtad procesal, dictaminando defensores de pobres y menores en tono crítico contra el progenitor, repudiando la situación de hecho. Todo lleva a un fallo que rescatan fundamentos que califican la conducta del progenitor como tenaz. Se menciona que el 17 de febrero de 2014 se vuelve a intimar a progenitor para que restituya a la niña. Se celebra audiencia para escuchar a la niña. Se resuelve mantener la orden de restitución. Hay un tercer cuerpo de la medida cautelar porque Doglioli siguió introduciendo escritos inaudita parte. La discusión se repite en igual sentido sin cesar.
- El cuarto expediente del Juzgado de Familia es por la ejecución del convenio.
- El quinto es por la tenencia de hija. Doglioli pide la tenencia.
- El sexto expediente se inició otra medida cautelar porque doglioli denunció violencia física contra la menor y vuelve a pedir la tenencia.
- La séptima causa iniciada en el Juzgado de Familia fue porque Doglioli pidió el 1 de agosto de 2014, actuaciones para establecer el paradero de su hija. Después presentó otro escrito manifestando que retomó contacto con la hija el 4 de agosto de 2014.
- La octava causa es por medidas de protección de la niña. El padre manifiesta que hay maltrato infantil por parte de la madre y dice que la mujer goza de “favoritismo” por parte de funcionarios judiciales. Se refutó a Doglioli y se le recordó los deberes que le competen. “La actitud de denunciar compulsivamente a la madre, se debe a que el padre quiere lograr el objetivo de lograr la tenencia de la niña”, apuntó la defensora.
“Me tironearon como si estaban arrancándome algo”
Eliana tuvo un hijo en el hospital San Antonio de Gualeguay. Tiene 30 años. Le hicieron una cesaría aunque ella no quería llegar a eso.
“Empecé trabajo de parto y fui con poca dilatación al hospital porque me tenía que mover en remís. Me internaron igual. Me pusieron en una habitación muy chiquita donde entraba una camilla y una mesita. El baño estaba abarrotado de elementos de limpieza y estaba como inhabilitado, a pesar que el agua ayuda mucho en el trabajo de parto. Traté de hacer lo que podía. Había dos obstétricas. No me sentí acompañada, venían a controlar pero nada más. A una de esas dos obstetras la conocía de antes, porque fui a sacarme el DIU -dispositivo intrauterino- a una salita pero me mandó a su consultorio privado. Cuando la vi en el hospital, inmediatamente me disparó ese recuerdo. Le estaba reclamando a la otra obstetra por qué yo seguía ahí, si iba directo a cesárea. Yo creo que haberla visto a ella en esa situación desencadenó el motivo real de mi cesárea. En la historia clínica pusieron hipertonía uterina que es una contracción eterna, muy dolorosa en la que el útero no relaja nunca, es continuo. Los latidos de mi hija empezaron a bajar y por eso fui a cesárea, fue un motivo. Me prepararon para el quirófano y mi compañero que estaba ahí preguntó cómo sería el después del nacimiento, para que me den el bebé enseguida, sobre el pecho. Le respondieron que no porque iba a estar atada. Cuando me llevaron a quirófano pedí que no me aten, que no haría falta. No me ataron y tampoco me dieron a mi bebé. A mi compañero no lo dejaron pasar a la cirugía, dijeron que era protocolo del hospital. Eso no era así. Siempre te tironean en las cesáreas pero contienen. Esta fue agresiva, con pocos cuidados. No fue algo amoroso. Mi tironearon como si me estuvieran arrancando algo. Al momento de coser fue lo mismo. Me hicieron un matambre. Mientras ocurría la cesárea escuchaba cómo conversaban sobre pacientes con vómitos, estaban con el celular. La obstetra dijo que había sido ‘una cirugía de mierda’, ‘sangrona’. Después se fueron todos y me llevaron rápido a la habitación. Nadie vino a asesorarme en lactancia”, relató.
La cesárea de Eliana fue en marzo de 2020. Presentó una queja al hospital en mayo de ese año. Fue recibida por las autoridades y la escucharon. Fue acompañada por “Parto Respetado Gualeguay”, agrupación que la asesoró para elevar la queja a la Defensoría del Pueblo. En el hospital respondieron que transmitirían el cuestionamiento a la obstetra de guardia, la doctora Ana María Echeverría.
“Hace un tiempo recibí un mail de la Defensoría del Pueblo diciendo que aceptaron mi queja como un caso de violencia obstétrica y que ordenarían al hospital hacer la devolución del curso que le dieron a mi reclamo. Estoy a la espera de esas novedades”, apuntó la mujer.
Eliana reflexionó sobre el maltrato recibido: “Me dijeron que la doctora es así, que es su carácter. Creo que los profesionales que asisten un parto deben estar informados”.
Desde Parto Respetado Gualeguay marcaron la necesidad de formar sobre la Ley 25.929 de Parto Respetado. “En la resolución de la Defensoría del Pueblo se insta al ministerio de salud de Entre Ríos para que revise los protocolos. Al día de hoy ni el Ministerio ni el hospital se expidieron por esta resolución de la Defensoría del Pueblo”.
(*) Artículo publicado el 8 de abril de 2021 en la edición gráfica de la Revista Análisis.
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