En instancia de apelación la Justicia dio la razón a la docente y directora de la Escuela 66 Bartolito Mitre (Costa Uruguay Sur-Gualeguaychú), Estela Lemes, quien había denunciado que ella había sido víctima de las fumigaciones que afectaron su salud. Ya pasaron más de ocho años desde que le diagnosticaron veneno en la sangre, producto de las tantas fumigaciones aéreas a los que fueron sometidos los vecinos de esa zona.
Deberá tratarse de por vida, porque el daño causado por los agroquímicos es permanente. Si bien su lucha logró estado público y el reconocimiento y respaldo de muchas organizaciones de la sociedad civil, la maquinaria fumigadora no cesó. Los casos de fumigaciones cercanas al establecimiento educativo fueron denunciados una y otra vez. Y hasta el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos se expidió en el 2018, lo que genero el reclamo y el lobby del sector productivo entrerriano, que decantó finalmente en el decreto del gobernador Gustavo Bordet, quien terminó definiendo las distancia entre las fumigaciones y las escuelas rurales.
La revisión de la Justicia
La docente rural confirmó que el Tribunal de la Cámara de Apelaciones (Sala II Laboral) falló a su favor. Ahora, la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) deberá hacerse cargo de su tratamiento y además, abonarle una indemnización.
La causa fue caratulada Lemes Estela Susana C/ Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (Iapser) y otros S/ enfermedad profesional" (Expte. Nº 1344/SL).
El caso fue analizado por los miembros de la Sala II Laboral de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, doctores Vicente Martín Romero, Alberto Adrián Welp y Fabián Arturo Ronconi.
Estela Lemes contó a el diario El Día que "la Justicia pudo confirmar que fui fumigada y le exige a la ART que se haga cargo de mi tratamiento médico".
Esta causa comenzó en el 2016. El primer fallo no fue favorable a la docente, por lo que decidió apelar; y en esta oportunidad, le dieron la razón.
"En octubre del año pasado y luego de muchas pericias, el juzgado laboral a cargo del doctor Frosch, falló en favor de la ART. Nosotros apelamos y ahora recibí un fallo en favor mío y de mi salud", dijo Estela Lemes.
Ahora, comentó que tendrá "la cobertura en la salud y además es un fallo que reconoce que los agrtóxicos enferman y matan. Esto es un mensaje para la gente que fumiga; que deben hacerlo con toda la precaución y si es posible, dejen de hacerlo".
"Ahora tengo que pedirle a la ART ante cada prestación que necesite. Todo lo que sea atención médica debe pasar por ellos", explicó la educadora.
La resolución judicial
En el texto firmado por el Tribunal se especifica que se resuelve: declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la accionante Estela Susana Lemes, contra el rechazo "in limine" de la pericia médica practicada en autos por el Dr. Chesini.
Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y en consecuencia revocar la sentencia de primera instancia, condenando en merito a ello, al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, a abonar a la Sra. Estela Susana Lemes (una indemnización, en el término de diez días de quedar firme la presente.
Condenar al codemandado Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, a otorgar a la actora Sra. Estela Susana Lemes, las prestaciones en especie que esta requiera con motivo de los hechos elucidados en juicio -art. 20 ley 24557.
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