La causa, que se inició en 2015, tiene pedido de remisión a juicio por parte del Ministerio Público Fiscal que, además, anticipó la pena que solicitará para el exgobernador: 5 años y 6 meses de cárcel. Urribarri ya tiene una condena en el marco del megajuicio que se desarrolló en 2021: 8 años de prisión.
La decisión de Vergara fue refrendada por el juez de juicio Gervasio Pablo Labriola, confirmada por la Cámara de Casación Penal, que además rechazó una impugnación extraordinaria de la defensa que, así, fue en queja a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que el viernes 8 del actual con voto dividido declaró «inadmisible» el recurso de queja.
El 18 de diciembre de 2023, Raúl Barrandeguy y Miguel Cullen, defensores de Urribarri, y José Raúl Velázquez y Esteban Díaz, codefensores de Diego Armando Cardona Herreros, y Candelario Pérez y Tomás Vírgala, en representación de Rubén Ángel Martínez -estos dos últimos tildados como «testaferros» del exgbobernador- interpusieron una queja en la causa caratulada «Urribarri Sergio Daniel y Otros s/Enriquecimiento Ilícito». Esa queja fue rechazada por la Casación. Ahora, intentaron con una impugnación extraordinaria para llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), camino que también les fue cerrado. Entonces, presentaron una queja ante la Sala Penal para intentar una última acción. También les resultó adversa.
Qué reclama la defensa del ex gobernador
El planteo de los defensores se dirigió contra la resolución que dictó el 12 de diciembre el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Gervasio Labriola, quien había denegado el recurso de casación a una resolución adoptada el 6 de noviembre por el juez de Garantías Julián Vergarar. ¿Qué se dirime en esa seguidilla de presentaciones, sucesivamente rechazadas en la Justicia?
A finales de octubre, Casación había denegado una impugnación extraordinaria que presentaran los abogados defensores del exgobernador Sergio Daniel Urribarri contra una resolución del mismo tribunal que refrendó una resolución judicial que había autorizado la modificación de la apertura de la causa por supuesto enriquecimiento ilícito que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal.
Todo se originó a raíz de una resolución que adoptó el 17 de mayo último el juez de Garantías Julián Vergara, cuando no hizo lugar al planteo de nulidad de la apertura de causa así como de su modificación por parte de Fiscalía y que había sido peticionado por las defensas; tampoco hizo lugar al planteo de insubsistencia de la acción penal por violación a los plazos procesales, ni tampoco al planteo de sobreseimiento por extinción de la acción penal. Esa decisión fue confirmada el 7 de junio último por el juez de juicio Gervasio Pablo Labriola.
El último 21 de septiembre, la Cámara de Casación Penal de Paraná declaró «inadmisible» un recurso planteado por la defensa del ex titular del Poder Ejecutivo entrerriano contra las decisiones de los jueces Vergara y Labriola.
En la causa por enriquecimiento, Urribarri es defendido por Raúl Barrandeguy y Miguel Cullen; el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros está representado por los abogados Ignacio Díaz y José Raúl Velázquez; mientras que el tercero implicado, Rubén Ángel Martínez, tiene como abogados a Candelario Pérez y a Tomás Vírgala.
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