Informaron que “se ha decidido solicitar la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los términos del artículo 14 de la Ley 48 y el señor Sergio Uribarri ha solicitado al estudio del doctor Fernando Burlando que se radiquen las denuncias correspondientes contra todos los funcionarios involucrados y que se inicie el proceso constitucional para requerir la eventual suspensión y posterior destitución del señor procurador Jorge Almícar Luciano García”.
“Irregularidades”
“No se trata del del Poder Judicial como hombres, como personas del derecho sentimos el mayor de los respetos por las instituciones del Poder Judicial. Son algunos votos, algunos dictámenes, los que nos llaman la atención de muy puntuales funcionarios y muy puntuales miembros del Ministerio Público. Creemos que se ha vulnerado la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la nación en tres precedentes muy importantes. No se han tenido en cuenta estos precedentes al rechazar las impugnaciones extraordinarias”.
En cuanto al “temor de parcialidad”, se refirió: “La condena del señor exgobernador Urribarri ha sido rubricada por el cuñado de la juez que luego la confirma en segunda instancia. Las otras juezas que rubrican el fallo en la alzada, una es pareja del procurador, que discrecionalmente ha seleccionado a los fiscales que han actuado en el juicio, y la otra está casada con un enemigo declarado públicamente en multiplicidad de notas periodísticas en contra del señor Urribarri. Pese al grave temor de parcialidad que implica ser juzgado por la esposa de un enemigo público, las otras dos juezas, es decir la cuñada del juez de primera instancia y la pareja del señor procurador general, dicen que no hay imparcialidad. Rechazan las recusaciones y confirman el fallo”.
Además, mencionó que “el señor procurador general ha decidido que sólo dos fiscales ‘investiguen’ (entre comillas) todas las causas más sensibles de la provincia. Los ha colocado en una unidad fiscal ‘especializada’, sin ningún criterio objetivo que justifique la quita de las competencias del resto de los colegas del Ministerio Público”.
“Uno de estos fiscales -agregó- ni siquiera tiene jurisdicción territorial para actuar en la ciudad de Paraná porque el concurso público que había ganado era para otra localidad. De manera que bajo el rótulo de combatir la corrupción, lo que se ha hecho es concentrado todo el poder de investigar los delitos políticamente más sensibles en unas muy pocas personas desplazando, como dije al resto del Ministerio. En un proceso judicial sumamente arbitrario donde una de las fiscales ha reconocido públicamente en el mismo alegato que no tenía pruebas, que no había testigos, que no había documentos, se ha impuesto una condena de ocho años de prisión al exgobernador. Esto es muy grave y es también sumamente grave que otra de las fiscales que participó de la de la acusación, no vamos a hacer nombres propios, haya sido desplazada de su cargo por graves irregularidades, por serios actos de corrupción”.
Según Burlando: "Se violaron la Constitución Nacional, la Constitución de la provincia de Entre Ríos, el Código de Procedimiento y una multiplicidad de leyes nacionales y provinciales; artículos 209 al 213 de la Constitución de la provincia. Se violó la Ley provincial 5140. Se violó la ley provincial 69.063. Se violó la ley provincial 9.981. Se decidió no aplicar en el fallo la Ley 10.327. Se decidió no aplicar en el fallo la ley 11.043. Se decidió no aplicar en el fallo la Ley nacional 19.550. Se desconocieron las leyes 24.059, 24521 y se desconoció la ley 24520. Se violó la ley 25.506. Se violó el Código de procedimiento penal de esta provincia. No se respetaron las cadenas de custodia de los objetos secuestrados. Se practicaron escuchas ilegales sin autorización judicial. Se invadieron competencias de otros poderes. Se dejaron de lado los dictámenes de los organismos de control constitucional. Se ignoraron todos los informes del Tribunal de Cuenta de los organismos de control de gastos que habían aprobado todas las actuaciones administrativas del señor Urribarri".
Por último, consultado acerca del pedido de prisión preventiva para Urribarri por parte de la Fiscalía y si solicitarían algún trato especial en caso de ser derivado a una Unidad Penal, Burlando aseguró que "todavía estamos lejos" de esa instancia.
Medio denunciado
El abogado Javier Baños, encargado de leer la defensa mediática al exgobernador, refirió en otro punto: “Se ha denunciado ante la justicia federal un renombrado titular de un portal de comunicaciones, no vamos a dar el nombre para no entorpecer la investigación, se ha denunciado concretamente que de este portal se publicaban notas o pseudo notas periodísticas contra ciertas personas a las que previamente se había decidido investigar. La Fiscalía Anticorrupción, paradójicamente, ha levantado estas noticias criminales y se han instruido investigaciones plagadas de arbitrariedades e irregularidades”.
“En el anuncio, no indicaron qué delitos les atribuyen a las investigaciones periodísticas de ANÁLISIS, que desde 1990 viene denunciando hechos de corrupción política, entre otras tantas, que varias de ellas luego fueron confirmadas en investigaciones judiciales, incluso con numerosas condenas. Por otra parte, los abogados mencionaron una denuncia al medio formulada en la Fiscalía de Gualeguaychú ‘por reproducir imágenes pornográficas infantiles y revelación de información registrada en archivos de datos personales, artículos 128 y 157 bis del Código Penal”. Denuncia que la Fiscalía en 2018 archivó, lo cual para Burlando es “un escándalo institucional con pocos precedentes’, aunque quedó claro que jamás averiguó de qué se trataba”, señalaron en Análisis.
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