El Departamento Ejecutivo Municipal promulgó la Ordenanza 11449. Se trata de un nuevo ordenamiento legal para el estacionamiento exclusivo –de los vulgarmente denominados cordones amarillos- y para el horario de carga y descarga en las calles.
El documento establece, en sus fundamentos, la necesidad de brindar un marco regulatorio claro en favor de la convivencia entre vecinos, derogando la norma anterior (Ordenanza 9352).
En consecuencia, a partir de su entrada en vigencia, la disposición actual dispone que el otorgamiento de permisos de uso del dominio público municipal para estacionamiento reservado, prohibición de estacionar o estacionamiento exclusivo, mediante pintura de color amarillo en cordones, serán concedidos por el Departamento Ejecutivo Municipal.
En cuanto a los horarios autorizados para la carga y descarga, se determina una distinción entre vehículos de pequeño y gran porte, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pequeño porte: únicamente sobre mano derecha, durante todo el año, en los horarios de 14 a 17 y de 22 a 7.
Gran porte: únicamente sobre mano derecha, durante todo el año, de 22 a 7 .
Sobre las autorizaciones del permiso de uso para estacionamiento
Sólo se otorgarán permisos de uso del dominio municipal –cordón amarillo-, para estacionamiento reservado, prohibición de estacionar o estacionamiento exclusivo: a centros de salud, instituciones educativas y bancarias, organismos oficiales, geriátricos y a aquellas personas que, por razones de seguridad, salud, discapacidad o interés general, así lo requieran. En cambio, no estarán autorizados, los comercios o las entidades comerciales.
Caducidad de permisos anteriores
Un aspecto importante de la Ordenanza es la caducidad de todos los permisos otorgados con anterioridad, que comenzará a operar a partir de los sesenta días de la fecha de promulgación.
Cabe recordar que la antigua legislación reservaba el otorgamiento de las autorizaciones al Honorable Concejo Deliberante.
Otros detalles de la norma
Entre otros detalles de interés, la resolución instituye los siguientes:
-la solicitud de los respectivos permisos debe formalizarse por nota –debidamente fundada- ante la Municipalidad.
-en caso de ser renovación, se deberá estar al día con el pago del canon mensual.
-Las autorizaciones serán registradas por la División Tránsito, para la elaboración y actualización de una base de datos destinada al contralor, y para la colocación de los correspondientes carteles.
-Toda señalización, debidamente autorizada, incluirá dos carteles indicadores, que deberán colocarse en los extremos del trayecto pintado de amarillo.
-El canon mensual establecido será equivalente al valor fijado para el estacionamiento vehicular medido, de acuerdo a las horas autorizadas.
-Se exceptúa del pago del canon a las autorizaciones de señalización dispuestas en beneficio de personas con discapacidad.
-En aquellos casos que se constante su uso, sin su debida autorización, el DEM aplicará una multa de 50 a 200 litros de nafta súper.
La Ordenanza 11.449, sancionada el pasado 15 de mayo, lleva la firma del intendente municipal, José Lauritto, y del secretario de Gobierno, Oscar Alberto Noir.
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