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Suspenden a arenera por dragar de forma dañina el río Gualeguay

Por la “extracción de arena del río Gualeguay fuera del estándar ambiental acordado”, la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos suspendió de forma “total, preventiva y temporal” las actividades de Arenera Vita.

Así quedó sentado en la Resolución n° 1.726, a la que accedió ERA Verde. La empresa fue denunciada nuevamente por realizar trabajos de dragado con embarcaciones a su nombre en una zona no permitida. La firma de dragado operaba de forma preventiva desde fines de 2023, mientras regularizaba los certificados de aptitud ambiental pendientes. Al incurrir en actividades “en violación al convenio” suscripto para que pueda funcionar, las autoridades provinciales impusieron la sanción al titular, Juan Carlos Vita y sus barcazas de nombre  “Refucilo” y “Federico Octavio” hasta “tanto se obtenga el certificado de aptitud ambiental y se regularice la situación”, se indicó en la medida oficial.

Este martes 23 de julio, se conoció la resolución n° 1.726 mediante la cual la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos suspendió a Arenera Vita SA. La firma acarreaba con una serie de denuncias por drago irregular en el río Gualeguay. A fines de 2023, por intermediación oficial, se acordó un plan para regularizar sus operaciones y trasladar el centro de acopio de material. Entre esos acuerdos se estableció no extraer material con baja cota y colocar un sistema de posicionamiento global (GPS) a las dragas para monitorear las zonas de extracción que han sido establecidas, de modo que no se dañe el curso fluvial ni tampoco las bases del puente Pellegrini, tal como denunciaron vecinos de la zona.

Pero a pesar de haber firmado un plan de regularización, con un permiso transitorio para trabajar, embarcaciones de Arenera Vita fueron detectadas en lugares no permitidos, tal como denunció a ERA Verde el integrante del Club Náutico y concejal de la ciudad de Gualeguay, Daniel Alfredo Dal Bó. En un video que subió a redes sociales, Dal Bó contó cómo en la segunda semana de julio y el 17 de este mes, se pudo ver embarcaciones de la empresa minera sacando arena de modo irregular.

De acuerdo a la denuncia recibida y constatado la información del caso, la Secretaría de Ambiente resolvió “iniciar el procedimiento sumarial” por “la actividad de extracción de arena, llevada a cabo en el no Gualeguay mediante los buques ‘Refucilo’, matricula N° 03035 y ‘Federico Octavio’, matricula N° 02851, propiedad del Señor Juan Carlos Vita”. En este orden, de acuerdo a la disposición resuelta, se imputó al responsable “la falta cometida (de) extracción de arena del no Gualeguay fuera del estándar ambiental acordado, concretamente que el río posea al menos Uno Coma Cincuenta (1,50) metros de altura en puerto Ruiz, y en violación de distancias mínimas de obras de arte, e incumplimiento de las cláusulas” a las que se arribó el 27 de diciembre de 2023.

De este modo, se corrió traslado para su descargo a Juan Carlos Vita, para que en un plazo de 10 días pueda ofrecer elementos de prueba. Entre tanto, se suspendieron los plazos de “toda evaluación de Impacto Ambiental hasta tanto se resuelva el sumario”. Por otra parte, se dio cuenta de los resuelto a Municipalidad De Gualeguay, a la Prefectura Naval Argentina, a la Dirección Provincial de Minería y a la Dirección Nacional de Vías Navegables.

Entre otros elementos evaluados para dictar la medida, se consignó “que el sistema de geolocalización colocado en las embarcaciones ‘Refucilo’ y ‘Federico Octavio’ para que esta Secretaria controle su posición no funciona adecuadamente”; que “se ha advertido que la empresa ha extraído arena en cercanías del Puente Pellegrini, a una distancia menor a la establecida reglamentariamente”; y que “la altura del río Gualeguay a la altura de Puerto Ruiz no ha superado en ningún momento el metro y medio”.

Al encontrar verosímiles los aspectos denunciados, se llegó a “que inevitablemente surge que la empresa está realizando su actividad, no solo sin contar con la debida certificación ambiental, sino además en condiciones que no resultan ambientalmente aptas, y contrarias al convenio celebrado, lo cual genera riesgo ambiental, concretamente la posibilidad de afectar significativamente la dinámica hidráulica del río, al extraer arena en un momento de bajante como el presente y, eventualmente, impactar en obras de arte”, se indicó en la resolución de suspensión.

Fuente: ERA Verde

 

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