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Un juez en la mira permanente

El juez de primera instancia de Concursos y Quiebras Número 9 de Paraná, Ángel Luis Moia, que falló en favor de los trabajadores judiciales quedó en manos del Ministerio Público Fiscal para que se investigue si incurrió en un delito. Se trata de un juez que en otra etapa trajo también dolores de cabeza al Ejecutivo.

 

Por FEDERICO MALVASIO de PÁGINA JUDICIAL

 

En las últimas horas se conoció el fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el que declaró la incompetencia del juez de primera instancia de Concursos y Quiebras Número 9 de Paraná, Ángel Luis Moia, para tratar la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER) contra la Ley de Emergencia.

El tribunal de feria lo constituyeron Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Gisela Schumacher, quien se abstuvo.

Los vocales ordenaron remitir las actuaciones a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Número 1 de Paraná, por ser esa jurisdicción la que debe tratar el expediente. A esa instancia se llegó luego que la Fiscalía de Estado apelara el fallo que le daba la razón a los trabajadores judiciales.

Mizawak y Smaldone tomaron por válidos los argumentos de la Procuración General, a cargo de Mónica Carmona, donde expresaron que “la materia de que se trata –cuestiones salariales y previsionales derivadas del empleo público– resulta imposible de incluir en la competencia de la judicatura específica de derecho de concursos y quiebras”, es decir en el juzgado de Moia. Y agregaron que “es la jurisdicción contenciosa administrativa quien debe dilucidar la cuestión que se debate en esta causa. Y por el esquema institucional vigente, ésta recae en la Cámara en lo Contencioso Administrativo que es quien debía y debe entender en la instancia de grado. La cuestión competencial –especialmente en debates constitucionales– es de orden público, improrrogable, indisponible por las partes y puede y debe incluso ser declarada de oficio”, apuntaron los vocales. Schumacher, que integra ese fuero contencioso administrativo, decidió no dar opinión ante la mayoría. Fue prudente.

Más allá de la interpretación de la ley y lo que dicen las bibliotecas de uno y otro lado sobre la competencia, Mizawak y Smaldone remitieron al Ministerio Público Fiscal el fallo para que se investigue si Moia incurrió en el delito de “estafa procesal”. ¿No será mucho?

No es la primera vez que el juez Moia queda en el medio de una novela judicial que tiene como actor al Poder Ejecutivo. En 2013 había quedado primero en el Concurso 79 del Consejo de la Magistratura para titularizar el Juzgado de Concursos y Quiebras Número 9 de Paraná. Lo secundaba Sofía Keller en el orden de mérito. El entonces gobierno de Sergio Urribarri lo declaró desierto luego de tres años de haberse realizado el proceso de antecedentes y oposición. El tiempo transcurrido fue el argumento. Quedó claro que no querían dejar al azar ese lugar estratégico que es el fuero donde se analizan los concursos y quiebras de empresas. El concursante decidió interponer un amparo para que precisamente se complete el procedimiento.

Los camaristas Hugo Perotti, José María Chemez y Miguel Ángel Giorgio entendieron que con la decisión de declarar “desierto” el concurso se había violado un derecho: no haber elegido a algunos de los candidatos “denota, en principio, una aparente discriminación, una violación al principio de igualdad”.

El tribunal dijo estar “convencido que tanto Moia como Keller tienen, más que una simple ‘expectativa’, un verdadero derecho subjetivo: su derecho nace desde el momento en que se inscriben en un concurso público de antecedentes y oposición, con la expectativa –aquí sí– de ganar o terminar en los primeros lugares. Si han sorteado exitosamente todas las etapas, adquieren el derecho a integrar una terna, y así tener la posibilidad concreta de ser elegidos”, escribieron los magistrados. En resumen: le exigieron al Gobernador que remita los pliegos al Senado y complete el proceso constitucional. La posición del Gobierno de entonces, a través del fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes, apeló a un clásico: el amparo no es la vía.

El caso llegó a la Sala Penal del STJ. Allí los vocales Daniel Carubia, Carlos Chiara Díaz y Mizawak, resolvieron darle la razón al Poder Ejecutivo al declarar desierto el concurso.

Todo volvió a fojas cero.

Moia vuelve a quedar envuelto en una trama inquietante que tiene, por un lado, a los trabajadores del poder que integra y cuyo fallo los favoreció; por el otro, el Poder Ejecutivo, que ató parte de su plan financiero a la Ley de Emergencia.

Si avanza el caso y en la Fiscalía se comprueba un delito, el juez quedaría a tiro de un jury. Sería escandaloso en una provincia donde se ha revelado corrupción judicial en la cabeza del Poder Judicial en favor de la corrupción política y todo funciona sin sobresaltos.

 

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